No. Precisamente porque la ley no recoge esa circunstancia. Cuando tú contratas a un nuevo empleado no tienes que preguntarle lo que ha ganado en otras empresas, ni él por supuesto tiene obligación de decírtelo, salvo que él quiera, para que luego no tenga que pagar.
Tu obligación es retenerle según lo que resulte de aplicarle el programa de Hacienda. Y si quieres, informarle de que puede pedir que se le retenga más (nunca menos).
Legalmente tú no tienes por qué tener en cuenta sus ingresos en otras empresas, pero el trabajador siempre puede pedir que se le retenga más.
Si no lo ha hecho, lo mejor sería que le informes que el tipo resultante va a ser más bajo del que resultaría si estuviera todo el año en la misma empresa, y que muy probablemente la renta del año que viene le saldrá a pagar. Y si a él le interesa, que solicite que se le aumente la retención. Pero tú por propia iniciativa no puedes hacerlo.
Tengo una duda al calcularel % de irpf de un empleado. Este se ha incorporado a la empresa en mayo. Hasta mayo ha trabajado en otra empresa. Tengo que calcularle el % de irpf, teniendo en cuanta solo los ingresos que va tener en la empresa actual, o deberia tener en cuenta tambien los ingresos obtenidos en la otra empresa. En este ultimo caso sería como hacer una regularización. ¿Cómo lo véis? ¿Sabeis a que decreto, ley, o norma debo referirme para este caso?