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Cálculo Indemnización

6 Comentarios
 
20/07/2008 21:23
A El Corte Inglés le hicieron volver a separar dos locales que había unido, pertenecientes a fincas distintas.
10/07/2008 17:22
Estimado colega abogado nuevo:
Con todos los respetos y consideración permiteme que insista en la candidez que demostráis en el tratamiento del tema en relación con la parte afectada y la oponente.
Si permitís que persista en su actitud, este individuo logrará que una manzana entera de edificios no esté sometida al régimen de propiedad horizontal sino al régimen de propiedad flotante, cuando decida unificar todos los pisos bajos y locales de los diversos números de una calle y de las trasversales. No me puedo imaginar cómo se podría formar una supracomunidad de bajos independiente o integrada en una subcomunidad de entresuelos y pisos situados sobre los locales.
La infracción que comete este constructor puede ser contraria incluso a la Ley de Ordenación de la Edificación y a las Ordenanzas del Plan Municipal o General de Urbanismo. Te sugiero que los analices detalladamente por si llegaras a concluir que sus intenciones son otras más ambiciosas.
Creo que tienes un buen caso de cacique territorial con aspiraciones expansionistas.
Un saludo.
10/07/2008 10:27
Hola nuevo foro:
Estoy totalmente de acuerdo contigo, y creeme nada me gustaría más que llevarlo ante los tribunales, pero la comunidad de vecinos decidió optar por esta solución "amistosa". En realidad sólo se ha burlado de nuestra comunidad puesto que es el constructor del edificio contiguo, en realidad es el constructor de casi todos los edificios de la zona. Yo también opino que no se debe negociar en casos tan graves, pero cuando los clientes deciden mi deber es agotar esta posibilidad.
Gracias por tu respuesta.
Un Saludo!
09/07/2008 19:17
Por lo que dices estais frente a un propietario que además de actuar ilegalmente os ha puesto frente a las cuerdas. ¿Debéis ser cuidadosos en la negociación para tratar de que no se rompa el acuerdo?.
Si le lleváis ante el juez lo primero que va a hacer éste es entrar en el local por mucho que el propietario se oponga, obligarle a deshacer lo que nació viciado, y si luego quiere volver a hacerlo pedirá permiso a la comunidad como debió hacer desde un principio que lo aprobará por unanimidad. Si la comunidad consiente en cambiar el titulo de division horizontal, con hacerle pagar la modificacion ya sería bastante indemnización, porque habría que cambiar el de los dos edificios y no es barato precisamente. Yo no toleraría esta actuacion unilateral de ninguna manera porque supone una falta de consideración con ambas comunidades de propietarios, cuya voluntad ha ignorado de mala fe con toda seguridad. Frente a estos individuos no hay negociación posible. Deberían resolver los jueces.
Un saludo.
09/07/2008 12:27
Gracias micky,
Tu respuesta me parece acertada.
Sin embargo se trata de una situación especial, ya que el propietario del bajo es muy reacio a permitir la entrada en el mismo, además de muy desconfiado. Los vecinos prefieren negociar antes que enprender acciones judiciales y en este contexto cualquier paso en falso podría hacer que se rompiera el acuerdo.
La cuestión es que necesito valorar objetivamente la indenmización, sin llegar a un valor tan elevado como el que propones, que satisfaga a todos.
Gracias de nuevo y un saludo!
03/07/2008 11:20
Pienso que lo que habrá que hacer es realizar una tasación pericial de la revalorización de dicho inmueble y ahi tienes la indemnización
Cálculo indemnización
01/07/2008 11:20
Buenos días,
Necesito ayuda para calcular una indemnización.
El caso es el siguiente: En una comunidad de propietarios el propietario del bajo comercial procedio a retirar la pared que separaba este del bajo comercial contiguo también de su propiedad. El tituo constitutivo de una de las comunidades no permite dicha unión, y los vecinos de ésta después de reunirse con el propietario del bajo le piden para modificar el título constitutivo, entre otras condiciones, una indemnización. El bajo resultante de la unión para a tener más de 200 m2, y si no se procede a la unión el segundo bajo se quedaría sin entrada. Con estos datos espero que podais decirme una proximación a la indemnización que se podría pedir.
Gracias de ante mano, Un Saludo.