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Cálculo indemnización

4 Comentarios
 
16/06/2004 02:31
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA
Sala de lo Social: Sentencia de 14 de Mayo de 2003.
Ponente: Ilmo. Sr. D. Francisco Andrés Valle Muñoz.

Síntesis: PRESTACIÓN DE DESEMPLEO. CONTRATO A TIEMPO PARCIAL CON JORNADA REDUCIDA POR CAUSA DE GUARDA LEGAL DE MENOR. La trabajadora tiene derecho a percibir la prestación por desempleo en su modalidad contributiva tomando como base reguladora diaria la correspondiente a su jornada de trabajo completa, y no la base reguladora diaria proporcional a la jornada de trabajo reducida que sería considerablemente inferior.
15/06/2004 09:34
Gracias por vuestra ayuda.
Otras dos cuestiones al respecto.
Ninfa, donde puedo encontrar la documentación referente a la jurisprudencia de la que hablas, porque en el propio departamento de recursos humanos me indican que me afectaría. También me lo dijeron que no me correspondían dos horas de lactancia por mellizos, y al final también había jurisprudencia. Así que si eres tan amable.
Y Pasmado, ¿puedes decirme una cosa?. Yo pertenezco al departamento de informática, que se ha reducido a dos personas, dos compañeros míos, uno de ellos incluso con menor antigüedad. ¿Tendrían que haberme dado a mí ese puesto?. O bastaría con que me reubicaran en otro puesto en la compañía.
De nuevo gracias por vuestra ayuda, me ha sido muy útil
03/06/2004 00:53
Mavi, en tu situación el despido es nulo, no te pueden despedir, salvo que tu lo consientas claro.
02/06/2004 14:27
Hola.

Este tema creo que se ha tocado recientemente. cuando el despido se produce estando en situacion de jornada reducida por guarda de un menor, existe jurisprudencia, que obliga a que el calculo de la indemnizacion se haga sobre el valor que tenía la trabajadora en ekl último mes que estuvo a jornada completa.

Saludos.
Cálculo indemnización
02/06/2004 13:58
Hola,
La empresa para la que he estado trabajando durante más de 8 años, se ha fusionado con otro y como consecuencia yo soy un excedente. Me despiden, aunque no me dicen cuándo. Ahora disfruto de jornada reducida por lactancia de hijos menores de 9 meses. Cuando tenga que empezar la jornada completa, en septiembre, fecha en que se supone que aún estaré aquí, dado que no me lo dicen con exactitud, tendré que pedir una jornada reducida, para poder compatibilizarlo con el cuidado de mis cuatro hijos menores de 4 años. La cuestión es si el cálculo de la indemnización me lo harán en base a esa reducción de jornada o a una jornada completa, que es la que he tenido durante todos estos años. Si alguien puede ayudarme se lo agradeceré enormemente.