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Cálculo indemnización.

6 Comentarios
 
Cálculo indemnización.
22/08/2005 09:56
Hola a todos. Para el cálculo de imdemnización por despido, ¿ debe tomarse el importe líquido o el bruto de la nómina? Sé que también deben incluirse las pagas extraordinarias pero, ¿que sucede con pagos en especie?
Gracias por vuestra ayuda. Saludos.
22/08/2005 16:59
Se incluye todo: salario bruto, con prorrateo de las pagas y la valoración del salario en especie.
22/08/2005 19:52
Hola, para sacar la indemnización, si tu nómina no tiene comisiones, retribuciones especiales..... debes calcular el salario diario de la base de cotización. Si es de grupo diario lo divides entre los dias del mes en cuestión y si es de grupo mensual lo divides entre 30, y habras hallado el salario diario, con lo que podrás sacar la indemnización.Si tuviera comisiones... tendrias que sacar un promedio de los últimos 12 meses. Espero haberte ayudado en lo que necesitabas.
Ciao.
23/08/2005 00:59
Creo que es mucho mas sencillo. Coge una nomina, la ultima a ser posible y ve el salario bruto. Ese importe sera sobre el que se calcule.
23/08/2005 07:31
Hola, la verdad es que es muy sencillo calcularlo; pero tal y como dices, Didac; en el caso que tú dices, podrias no tener las pagas incluidas en la nómina, con lo que la INDEMNIZACION que calcularas sería inferior a la real. Por eso siempre hay que ir a la BASE DE COTIZACION, porque seguro que no se escapa el salario real.

Un saludo.
23/08/2005 08:43
Pues, al menos de forma general, yo no veo correcto ni limitarse a tomar la última nómina ni a partir de la base de cotización (aunque lo primero es aún más aventurado, claro).

Tomar el salario de la última nómina sólo nos servirá si todos los conceptos fijos vigentes son uniformes en cada nómina, incluyen la prorrata de pagas extras y no existe ningún concepto variable o de devengo superior al mes.

Tomar la base de cotizacion solo nos servirá si ésta tiene en cuenta y por el importe correcto todos los importes de devengo superior al mes, no hay conceptos salariales exentos de cotización y no se está en topes de cotización. Además, respecto a los variables, de habeerlos, deberiamos acudor al importe percibido durante los últimos 12 meses, y eso no queda recogido así en la base de cotización.

Como digo, son criterios que en algunos casos pueden servir, per nunca los daria como respuesta general, y menos sin saber los detalles del caso concreto.

Como ya ha dicho the end, se incluye todo, conceptos fijos, por su importe actual anualizado, la retibución en especie, así como los importes variables percibidos durante los últimos 12 meses. De la suma de todo ello calculamos el salario dia (dividimos entre 360 o 365, en función de si el salario es mensual o diario).

Un saludo
23/08/2005 10:55
Hola. Los importes de mi retribución son fijos. La "retribución en especie" es el uso de una vivienda, y creo se puede cuantificar el importe. Gracias por vuestra ayuda.
Todo muy claro. Saludos.