En mi última nómina he recibido una indemnización por fin de contrato por circunstancias de la producción de 168,73 euros. La actividad de la empresa usuaria pertenece al convenio de consultoría, me puesto ha sido como teleoperadora. Según veo en diversas fuentes, viene establecida por el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 49.1, apartado C. Este señala que el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización de cuantía equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar 12 días de salario por cada año de trabajo. He trabajado casi 5 meses y no me cuadran las cantidades.
En la ett me dicen que el cálculo se realiza mediante la siguiente fórmula: Salario bruto anual / 365 * 12/365 y el resultado se multiplica por los días cotizados. De esta forma sí me cuadra la cantidad, pero es la primera vez que me dicen que se calcule así ¿Es esto correcto?
Buenas, yo lo veo correcto, son 12 días por cada 12 meses, en tu caso 5 días, ya que has trabajado 5 meses,que se multiplican por el importe diario del salario ( salario bruto anual/ 365). Harina de otro costal, es que se haya calculado bien el importe del salario diario.
Y digo yo, qué cálculo es ese? Dice usted que le sale como dice la empresa?
Vamos a ver (salario bruto anual/365)*(12/365) * 5 días esto poniendo de salario bruto el SMI es decir 14000 € nos da la friolera 6,31 €.
Tampoco me cuadra ese resultado de 168,73 €.
Salario bruto 14000 €/365= 38,36 (este sería el salario día) x 5 días = 191,8 €.
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