En el mes de Diciembre de 2009 vendí una propiedad recibida por herencia de mi fallecido hermano y que no es mi vivienda habitual. Me estoy preparando para la declaración de la renta 2009 y quisiera confirmar si estoy realizando bien los cálculos.
Tengo las siguientes dudas:
1º) A efectos de Actualizar el valor de Adquisición de la vivienda vendida, entiendo que la fecha de Adquisición es la fecha de la defunción de mi hermano y no la fecha en que se otorgó la Escritura de Aceptación de Herencia.
2º) No siendo mi Vivienda Habitual, ¿ la Ganancia Patrimonial debo añadirla a mis Rendimientos de Trabajo Personal y con ello obtener una Base Imponible General que tendría su Cuota Integra en función de la escala?
3º) Cuando se dice que la Ganancia Patrimonial generada esta gravada al 18%, ¿ se refiere a la Vivienda Habitual o a cualquier otro tipo de Vivienda?
4º) Mi duda principal es como llego a la Base Imponible General.
1º) Sí.
2º) No. La ganancia patrimonial se integra en la BI de rentas del ahorro que en 2009 tributaba al 18%.
3º) A cualquiera.
4º) Lo mejor es utilizar el programa de la Agencia Trbutaria.
Muchas gracias Juan S. por tu respuesta.
Donde tengo la mayor duda es en la Pregunta y Respuesta 2.
Si no entiendo mal, he de calcular la Ganancia Patrimonial generada en la Venta y aplicarle el 18%. ¿Este resultado se integra en la BI a través de Rentas del Capital Inmobiliario y al resultado de la BI General se le aplica la escala de gravamen?.
Discúlpame Juan S, pero ésta es la parte que mas me preocupa? Muchas gracias
Tienes que calcular la ganancia patrimonial y aplicar el 18%. Este 18% es cuota tributaria (no BI).
Por ejemplo, si tienes una ganancia de 10.000 euros, tendrás que tributar 1.800 euros por ese concepto.