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Cálculo de nueva mensualidad de alquiler de vivienda habitual

4 Comentarios
 
11/01/2025 12:29
MarioCadiz
1. Base de cálculo inicial

Empezamos con una renta inicial de 850 €, que es la renta base del contrato. Ahora, aplicamos los incrementos anuales según los límites establecidos en las leyes correspondientes.
2. Actualización para 2022

Para el año 2022, el Real Decreto-ley 6/2022 establece un límite de 2% en la actualización de la renta. Por lo tanto, tomamos la renta de 850 € y le aplicamos este incremento:

850 € x 1,02 = 867 €

Esto significa que, para el año 2022, la renta se incrementa en un 2%, lo que da como resultado 867 €.
3. Actualización para 2023

En 2023, el Real Decreto-ley 11/2022 establece nuevamente un límite del 2% para la actualización de rentas. Tomamos la nueva renta de 867 € (que es la que resultó de la actualización del año anterior) y le aplicamos el 2% de aumento:

867 € x 1,02 = 884,34 €

Por lo tanto, para el año 2023, la renta se incrementa de 867 € a 884,34 €.
4. Actualización para 2024

Para el año 2024, la Ley 12/2023, que establece el derecho a la vivienda, fija un límite de actualización del 3%. Sin embargo, como el IPC de agosto a agosto fue del 2,3%, se toma este último dato, ya que el límite solo se aplica si el IPC es superior al porcentaje establecido (en este caso, el 3%).

Por lo tanto, tomamos la renta actualizada de 884,34 € (que es la que resultó de la actualización de 2023) y le aplicamos el 2,3% de incremento correspondiente al IPC de agosto a agosto:

884,34 € x 1,023 = 904,68 €

De este modo, para septiembre de 2024, la renta actualizada sería de 904,68 €.
Resumen
Año de actualizaciónRenta inicial (€)Porcentaje de incrementoRenta actualizada (€)
2022850,002%867,00
2023867,002%884,34
2024884,342,3%904,68
En resumen:

Para 2022: Se aplica un 2% de incremento sobre la renta de 850 €, lo que da una nueva renta de 867 €.
Para 2023: Se aplica un 2% sobre los 867 € resultantes, lo que da 884,34 €.
Para 2024: Se aplica el IPC del 2,3% sobre los 884,34 €, lo que da 904,68 €.
11/01/2025 11:18
Hoplon
Muchas gracias por la explicación y los cálculos realizados.
Un saludo.
11/01/2025 11:02
En resumen, que a partir ahora deberá pagar 904,68 € de renta al mes. Eso es todo.
11/01/2025 11:00
Sí es legal que le pidan la actualización de las anualidades no prescritas, con efectos desde que se notifica la misma (en relaidad en el mes siguiente): art. 1964 CC. Nunca con atrasos, así lo establece el art. 18 LAU:

" La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañando, si el arrendatario lo exigiera, la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística."

Para los cálculos correspondientes a la actualización de 2022, se aplica el límite de revisión establecido en el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, art. 46, y la revisión se limitará a un 2 %. Por ello, siendo la renta mensual 850 € y el porcentaje de incremento a aplicar del 2 %, la renta resultante será de 867 €.

Para los cálculos correspondientes al siguiente año de actualización, 2023, se aplica el límite de revisión del 2 % establecido en el RDL 11/2022 de 25 de junio, art. 1, trece. En consecuencia, siendo la renta mensual revisada de 2022 de 867 € y el porcentaje de incremento a aplicar del 2 %, la renta resultante será de 884,34 €.

Finalmente, para los cálculos correspondientes a la actualización de septiembre 2024, se aplica el límite de revisión del 3 % establecido en la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, Disposición Final sexta, que modifica el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, art. 46. PERO como el IPC de agosto a agosto es inferior (se usa el dato del mes anterior, 2,3 %), se aplica éste último, pues el límite solamente opera por arriba:

884,34 x 1,023 = 904,68 €
Cálculo de nueva mensualidad de alquiler de vivienda habitual
10/01/2025 17:41
Buenas tardes.
Firmé mi contrato de alquiler de vivienda habitual el 15 de septiembre de 2021 por un importe de 850€ mensuales.
Desde esa fecha, el propietario nunca ha solicitado la actualización de la renta conforme al IPC.
Ya en septiembre de 2024, me comunicó que teníamos que actualizar el importe de la renta, y me pide lo siguiente:
8,9% de IPC del año 21/22 (850 75,65) =925,65€ de renta y (12 x 75,65€) 907,8€ de atrasos.
3,5% de IPC del año 22/23 (925,65 32,39)=958,04€ de renta y (12 x 108,04€) 1296,48€ de atrasos
1,5% de IPC del año 23/24 (958,04 14,37)=972,41€ de renta y (12 x 122,41€) 1468,92€ de atrasos

Queria saber realmente cuanto debería ser el importe de la renta a fecha de septiembre de 2024, y si es legal que me pidan los atrasos de los años anteriores.
Sé que pusieron unos limites para el calculo de las actualizaciones de los alquileres, pero no de a que años y de cuanto.
Quedo en espera de sus respuestas. Gracias y un saludo.