Alguien me podria decir si para calcular la legitima en Catalunya se tiene en cuenta lo que el difunto dio en vida a unos hijos si y a los otros no?
Dias despues de la muerte de su padre uno de los legitimarios ha visto que hay un dinero que siempre había estado a nombre de su padre y de cuatro hermanos y actualmente esta a nombre de su padre (ya fallecido) y de tres hermanos. Se puede entender como donación en vida?.
algun abogado experto en sucesiones me podria decir algo?
Aquí hay abogados expertos en sucesiones bastante postineros, pero quizás debe usted entrar en un foro de Cataluña (que es como se escribe en español) y buscar una respuesta adecuada a su derecho.