Buenos días
En primera sentencia me concedieron una cantidad (menor que la que reclamaba) más interés legal desde fecha puesta demanda y los de Mora desde fecha sentencia hasta satisfacción. El principal fue consignado por la parte contraria.
Apele en 2 instancia y además de confirmar la primera cantidad ganada elevaron la cuantía casi al doble, respecto a los intereses del 576 dice que se devengan desde fecha de esa sentencia.
Mi duda es desde cuándo y hasta cuando hay que calcular los intereses legales del importe que elevaron en 2 instancia, ya que fue en ese momento cuando se reconocieron y cuando se consignaron.