Buenas tardes. Entiendo que a usted le estan tramitando un i.P. Procedende de accidente de trabajo. En ese caso y si no se trata de un autonomo (su calculo seria diferente), se toman los salarios reales del año anterior a la fecha del accidente. Se calcula con un modelo 3at23 que facilita la empresa en que sufrio el a.T. Y en que se certifican los salarios, las cotizaciones por horas extras, pluses etc.
Hola buffy gracias por contestar,lo que tengo entendido es que para calcular la base reguladora cojen desde el accidente o la baja laboral un año hacia atras y al no tener coincidencia entre el accidente y la baja y lo que tu me expones supongo que sera desde que tiene vigencia la ipt.Gracias buffy.
Hola Rupelli, para calcular la ipt tienes que contar desde el dia que te presentastes al tribunal, hacia detras, depende la edad se coge mas o menos tiempo.
Hola tengo expediexte de incapacidad permanente abierto y tengo una duda para calcular una ipt se que es el año anterior a la baja o al accidente,en mi caso desde el accidente hasta la baja paso tiempo y lo que no se es en que se basan en el accidente o la baja puesto que si se basaran en el accidente en el año anterior me cogerian un pequeño periodo de desempleo y si fuera desde la baja ese perriodo no entraria,en mi expediente va por el punto 3 concluido de los 8 que tiene.Gracias.
La mutua propuso una ipt habiendo cumplido ya los 18 meses de it.Gracias