Muchisimas gracias a todos. Con esto se queda mucho mas tranquila. Es tan solo poder cotejar lo que hace la asesoria y tener alguna base para poder discutir en caso de que no este de acuerdo.
Gracias de nuevo .
Mafalda
Que tenga en cuenta que el tiempo establecido de preaviso es de 15 días. De no ser así la empresa puede proceder a descontarle del finiquito el salario de los días que haya incumplido en el preaviso.
Además, debe saber que la dimisión o baja voluntaria en la empresa no es situación legal de desempleo para el cobro de las prestaciones que le pudieran corresponder.
Hola Mafalda, yo no soy experta en estos temas y por eso he buscado la manera de calcular el finiquito en Internet, espero que lo que he copiado sea correcto y si no es así, que algún profesional nos lo diga y nos saque de dudas.
Saludos.
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Para el cálculo de un finiquito se deben tener en cuenta estos elementos esenciales:
- Salario mensual:
Es decir el salario que tiene que percibir el mes en que causa baja, con los pluses que corresponda.
Ese salario mensual se transforma en diario del siguiente modo:
salario mensual / 30 = salario diario, y ese salario diario lo debes multiplicar por los días del mes que se haya trabajado, por ejemplo si causa baja el día 15 se multiplica el salario diario por 15 y esa es la parte del finiquito que corresponde al salario.
- Las vacaciones:
Se deben incluir en el finiquito la compensación económica de los días de vacaciones no disfrutados:
Para calcular los días de vacaciones que le corresponden ten en cuenta que por cada 360 días de trabajo corresponden 30 de vacaciones, haciendo una regla de tres calculas cuantos días corresponden al trabajador:
Por ejemplo si este año ha trabajado 200 días le corresponden [30x200]/360=16,6 días, multiplica ese número de días por el salario diario y ya tienes la parte de finiquito que corresponde a las vacaciones.
- Las pagas extras: en este caso van prorrateadas con el sueldo mensual, de modo que le corresponde la prorrata del mes en que causa baja, así pues, cuando calcules el sueldo que le toca, súmale a la cifra sobre la que calcular el sueldo del mes que corresponde la paga extra de ese mes, y luego calculas la parte del mes que ha trabajado y cuanto del sueldo+extra prorrateada le toca.
El finiquito sale de la suma de cantidades que al trabajador le corresponden en concepto de: sueldo + vacaciones + extras, en este caso incluidas en el sueldo.
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Hola,
Tengo una compañera que ha presentado la carta de despido el lunes 15 de septiembre. Entro a trabajar en la empresa el 3 de Nov de 1998 . Del año 2003 ha disfrutado de 3 de las 4 semanas que le corresponde de vacaciones.
Esta preocupada pues ( la relacion en la empresa no es buena ) , no confia en el calculo del finiquito por parte de la asesoria de la empresa ( clara y obviamente siempre del lado de la empresa , por tanto imposible dialogo y menos consulta ) .
Me podriais decir si por nuestros propios medios podemos hacer este calculo ??
Gracias