En abril salió el convenio con caracter retroactivo desde el 1/1/03. Me han enviado las nóminas de los atrasos correspondientes a 2003, 2004 y de enero a abril de 2005. Mi consulta es cómo deben calcularse los atrasos, es decir, si yo he percibido desde 2003 hasta ahora la nomina calculada sobre la tabla salarial de 2002, no debería ser la nómina de atrasos de cada año la diferencia de lo que indique la tabla para ese año con la de 2002? Lo digo porque la asesoría no lo ha hecho así, sino que por ejemplo en 2004, toma como referencia para calcular los atrasos las tablas de 2003, pero yo no tuve ninguna subida, ni IPC. ¿Como deben calcularse los atrasos?