Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Cálculo 20% de ipt a ipt cualificada

5 Comentarios
 
Cálculo 20% de ipt a ipt cualificada
24/01/2019 16:07
hola,
como se realiza calculo de ese 20%? , si por ejemplo de ipt (55%) cobro 400 eu la cuenta seria esta para sacar la ipt cualificada ? (20%)
400x100/55 = 727,27 base reguladora 100x100
y le saco 75% , 727,27 - 75% = 545,45
esta bien este calculo para obtener el 20% de incapacidad permanente total cualificada?
gracias de antemano.
26/01/2019 17:33
Luismi56
Hola. Tu cálculo está bien pues aunque legalmente se coge la base reguladora de la incapacidad total inicial y se aplica el 20 % y después hay que sumar todas las revalorizaciones posteriores, el resultado final será el mismo o casi. El problema puede surgir si el año pasado cobrabas 404,77 correspondiente a la pensión mínima garantizada por la incapacidad permanente total. En este caso habría que hacer tus números no serían exactos, pues dependerá de la base reguladora inicial cuando te aprobaron la pensión. Saludos.
26/01/2019 19:16
Expertolaboral
hola ,
Gracias por responder , entonces seria:
base reguladora inicial 727,27-75% = 545,45 seria el resultado
revalorización
la revalorización como se calcula , ipc de cada año?
gracias.
26/01/2019 19:30
Luismi56
Hola. Si la base reguladora inicial eran 727,27 es correcto tu cálculo. Las revalorizaciones de las pensiones han sido : el 0,25 % en los años 2013, 2014, 2015, 2016 y 2017 ( aprobadas por el PP) y del 1,6 % 0,10% de revisión ( paguilla que se pagará a primeros de febrero-2019) y 1,6% en 2019. Saludos
26/01/2019 19:55
Expertolaboral
perdona el abuso , una pregunta mas.
El dia 22 enero en el congreso diputados , la ministra dijo que la ipt 55% mínima se actualizará de nuevo con smi , osea minimo unipersonal. 900-55% = 495 eu
Eso es a si o a de aprobarse en otras votaciones??
de nuevo gracias
26/01/2019 21:06
Luismi56
Hola. Salvo que se actualice de nuevo, la pensión mínima con cónyuge no a cargo ( persona casada cuyo cónyuge tiene ingresos) es de 417 € mensuales.De momento a esperar.Saludos