Supuesto:
Doña Encarna, de 45 años de edad, trabaja como médico de empresa en una multinacional del sector del automóvil. En este año, 2010, ha percibido en concepto de sueldos y salarios la cantidad de 32.000 euros íntegros, siendo sus aportaciones a la Seguridad Social de 1.950,00 euros. Doña Encarna es miembro del Colegio Oficial de Médicos de Zaragoza, su cuota colegial ha ascendido en 2010 a 470 euros anuales. La empresa ha puesto a su disposición un vehículo adquirido en 2008, importe de adquisición 24.000 euros.
Doña Encarna es una fanática de todos los regalos que proporcionan las entidades de ahorro por captar nuevos clientes. Por ello en 2010 ha abierto con el Banco del Oeste, dos cuentas corrientes, una a su nombre y otra a nombre de su hija Raquel, de 8 años de edad. Como premio les ha correspondido, a cada una de ellas, una fantástica cristalería de 18 piezas de cristal alemán, valor de mercado 1.200,00 euros. Lo que no sabe Doña Encarna es que el precio de coste de la cristalería es de 800 euros, y ellas, madre e hija, han depositado 20.000 euros, cada una, para obtenerla. Lo cierto es que la entidad sólo ha retribuido el capital depositado en cada cuenta en 30,00 euros líquidos/año.
Doña Encarna cuenta entre sus propiedades con un apartamento en la montaña, adquirido en 1992, por importe de 42.000 euros, valor catastral revisado de 56.000 euros. Ha recibido una oferta de compra por 180.000 euros. Lo cierto es que no descarta la venta, pero no se decide. De todos modos le gustaría saber que repercusión tendría la venta del inmueble en su renta del 2010 si lo vendiera en diciembre de este año.
Doña Encarna, separada legalmente de su marido, convive con su única hija Raquel y Doña Ascensión, de 71 años, madre de Doña Encarna. A Raquel su padre le abona todos los meses 400,00 euros en concepto de la pensión alimenticia fijada en el proceso de separación, más 100,00 euros que le entrega por un acuerdo privado al que llegaron los padres de Raquel y por el mismo concepto. Doña Ascensión obtiene 7.600 euros de renta por una pensión de incapacidad permanente absoluta.
Pregunta:
Calcular la cuota integra de la unidad familiar.