Debe restar de 89 la edad que tuviera su madre cuando se quedó viuda, y a esa cifra, aplicar la cuota vidual que le corresponda, en éste caso, al existir hijos, es de un tercio.
Le pongo un ejemplo:
Imagine que su madre tenía 69 años cuando quedó viuda:
89 - 69 = 20
20 : 3 = 6,66 ( del valor del piso - o de la herencia, si existen más bienes-).
Hola a todos. Un piso en herencia de mi padre.Mi hermana estaria dispuesta a comprarme la parte que tengo en el piso a valor de la tasacion oficial.
Mi madre que tiene 85 años,le pertenece la mitad por el regimen de gananciales y a mi hermana y a mi, la otra mitad.Menos el derecho de usufructo perteneciente a mi madre.Como se calcula ese usufructo ?Gracias por vuestra ayuda.