Mi pregunta es la siguiente.Desde vuestra práctica jurídica y vuestra experiencia en la abogacía...creeis que una caida en un centro comercial con testigos y demás (suficientemente probada) pero sin motivo aparente (sin estar mojado el suelo ni nada parecido) simplemente por lo que podemos llamar caida fortuita o accidental....debe ser indemnizada?Muchas Gracias.