Abren exoediente disciplinario a un funcionario.
A la semana lo paralizan ya que se abren diligencias judiciales.
A los cuatro años hay resolucion judicial y reabren el expediente que a la postre lo declaran caducado.
A efectos de la prescripcion este tiempo transcurrido no se ha paralizado y por lo tanto a efectos del computo del plazo de la prescripcion han transcurrido cuatro años y pico.