Buenos días, El pasado 11 de octubre de 2016 recibí una notificación por parte del Ministerio de Fomento de propuesta de liquidación de devolución de 600 euros en concepto de un préstamo reintegrable. Como esa notificación también constituía el trámite de audiencia y me concedieron 15 días para formular alegaciones, hice uso de ello. Resulta que he recibido hace unos días la notificación de la resolución desestimando mis pretensiones. No ha incurrido la Administración en caducidad por haber notificado en un plazo superior a los 6 meses?, En caso de que sea así, todo este tiempo transcurrido no ha interrumpido el plazo de prescripción de la deuda verdad?. Muchas gracias por su ayuda y un cordial saludo.