¿ Acaba de dar licencia ?, cualquiera sabe cual es la fecha de su concesión.
Supongo que por motivos de incompatibilidad con la ordenación urbanística, en la actualidad, el ayuntamiento ya le ha comunicado verbalmente que no se la van a poder dar.
Eso de que no le va a prorrogar la licencia porque "no le interesa" conceder la de primera ocupación, no tiene sentido.
De lo dicho parece que, se concedió OM en otro tiempo atrás y con otra corporación para hacer una casa en suelo rústico (esto era normal en muchos ayuntamientos). Y ahora el Ayuntamiento actual sabe que es ilegal dar esa prórroga y no está por la labor de cogerse las manos concediéndola para terminar la obra. ¿Que es lo que pasaría en el futuro? que es considerada una obra ilegal y no la dejarían terminar, lo de la demolición me parece un poco fuerte pero si se empeñan en tirarla se puede llegar a ese punto con el tiempo, a menos que un nuevo PGO la incorpore a un asentamiento rural (p.e) y permitan terminarla. Esta solución se le ha dado a 4 ó 5 casas en el pueblo donde vivo que está por aprobar el PGO de forma definitiva, claro que son familias grandes con muchos votos y el Ayto se ha puesto manos a la obra para que así sea.
No entiendo como el Ayuntamiento puede demoler una casa a la que acaba de dar licencia de OM. Antes de comprar se tendría que pedir la prórroga de licencia y acabar la casa.
Añadiría más preguntas a las de alga:
¿es que quiere vivir toda su vida angustiada por si se plasma lo que le han dicho en el Ayuntamiento?, si la compra y hay demolición, ¿ quién cree que pagara los gastos de demolición para dejar el terreno sin casa?, ¿ cómo va a pagar el crédito que pedirá para comprar la casa, si ya no tiene casa y tiene que buscar dinero para alquilar o comprar otra?. También piense que buscarse un problema de este tipo no es bueno ni para la salud. ¿ Sigue pensando que es un chollo?.
Transcurrido el plazo indicado en la licencia de inicio y finalización de una construcción, el ayuntamiento tiene la potestad de declarar la licencia caducada dando audiencia al interesado.
Siendo que la construcción se encuentra en suelo no urbanizable y, presumo, en esa clase de suelo la legislación urbanística exige la autorización de la administración sectorial, que no tiene ni, según el técnico municipal, va a conceder, sí, previa tramitación del correspondiente procedimiento, en el que también se da audiencia al interesado, dicho expediente podría resolverse decretando la orden de demolición por incompatibilidad con el planeamiento.
Naturalmente, al interesado le asiste el derecho a formular alegaciones e interponer los recursos administrativos y contencioso-administrativo que estime por conveniente.
La cuestión es responderse uno mismo a las siguientes preguntas, ¿ merece la pena ? ¿ porqué, siendo uan magnífica inversión, vende el actual propietario ?
Buenas tardes ,la consulta es la siguiente :
tengo posibilidad adquirir una vivienda que está terminada al 99% la obra ,pero que según el arquitecto municipal ,los anteriores propietarios no presentaron el fin de obra ,y la licencia de OM caducó,aunque no se notificó aún .Me comenta que si pido la prorroga o una nueva ,no me la darán ,pues al ayuntamiento no le interesa dar la licencia de primera ocupación ,por que seguramente la Junta de Andalucia no lo aprobaría ,que ya se les ha dado el caso (es un diseminado rural ).Dice que si se hubiera llevado a cabo en su momento pues el ayuntamiento hubiera sido consecuente con su acto de licencia obra mayor y daría la licencia ,pero ahora puede acogerse a caducidad la licencia y se quita un problema .Hasta ahí ,lo entiendo ,pero al comentarle la posibilidad de terminar la obra y no dar la licencia,o dejarla como está y el tiempo ya dirá,que siempre puedo pedir su asimilación a fuera de ordenamiento ,pues como inversión es buena ,me dice que cuente que si la compro ,es como si fuera sólo una parcela ,porque al caducar la licencia de OM ,esa casa habrá que demolerla ,aunque este terminada de facto ,el expediente caducó y el ayuntamiento pedirá su demolición .Mi consulta es sobre este último punto .Puede el ayuntamiento ,no atender mi petición de fin de obra y acordar su demolición si la casa no infringió normativa alguna ,solamente amparándose ,en que es una obra que no se terminó por el anterior propietario dentro plazo .
El inmueble consta dentro de la parcela en catastro desde 2008 .
Gracias