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caducidad infracción urbanística

9 Comentarios
 
Caducidad infracción urbanística
22/09/2005 12:16
Hola,he recibido comunicacion del ayuntamiento comunicandome la caducidad (por haber pasado más de 6 meses) del expediente que se abrió por infracción urbanística y su archivo pero junto con esta comunicación se comunica otra vez la apertura de un nuevo expediente por la misma causa? es esto posible? permite esto el procedimiento administrativo?
22/09/2005 18:01
Si, la admon tiene esa falcultad si se caduca el expediente , puede incoar otro para la misma infracción.
22/09/2005 20:05
perdonar mi ignorancia pero entonces no hay manera de que te den la razón nunca porque si se vuelve a poner un recurso y vuelven a darte la razon te pueden abrir otro enseguida por la misma causa, seria la historia interminable...
23/09/2005 11:30
no , una cosa es que abran expediente, no resuelvan y se caduque, y otra que resuelvan.
si te sancionan, ya no pueden volver a abrir expediente sobre esa cuestión.
23/09/2005 19:36
el expediente si que era ya con propuesta de sancion pero se declaraba caducidad del procedimiento sancionador y el archivo de las actuaciones por haber trascurrido mas de 6 meses para notificar la resolución expresa (art. 20.6 del R.D. 1398/1993). El que abren a los pocos dias es por las mismas causas y con la misma propuesta de sanción a que articulos me puedo acoger para argumentar que ya no me pueden abrir otro expediente por la misma cuestión?
24/09/2005 17:09
es que la admon si que puede abrir otro expediente para sancionarte por esa infracción puesto que no te ha sancionado en el anterior.

La unica salida es que haya prescrito tu infracción .
27/09/2005 23:35
La administración por inactividad de más de seis meses puede archivar un expediente por caducidad. Esto no implica que haya prescrito. La prescripción depende del tipo de infracción que se haya cometido, y de la Comunidad Autónoma en la que estés, porque varía de una Ley a otra, y cada Comunidad tiene la suya.
28/09/2005 00:07
Sara Mora, es que la infracción tiene un vencimiento determinado, y el plazo para poner una sanción por esa infracción tiene otro plazo que no tiene por qué conincidir con el primero, Mira la ley de urbanismo de tu comunidad.
28/09/2005 11:24
En mi ayuntamiento la infracción prescribe a los cuatro años, en nuestro caso como es del 2002 sería al año que viene aunque mi duda es que como ya se ha abierto el expediente el plazo ya no sería ese.Y si pueden estar abriendo expedientes hasta esa fecha ya que los que han abierto hasta ahora han caducado(más de 6 meses), esto no produce es asi?no produce ninguna clase de indefension al administrado?
28/09/2005 19:33
cuando caduca el expediente , ese tiempo desde la incoación del expediente ahasta que caduca , se cuenta para el plazo de los cuatros años

es decir si te han abierto expedientes y han caducado ese tiempo lo cuentas para el trascurso de cuatro años