Puesn o sé yo si es acertado el renunciar a la herencia, al fin y al cabo y de esa parte se pueden cobrar la deuda o parte de ella, y eso que tienes, porque, si no me equivoco, siempre tendrás pendiente esa deuda.
Se me condeno en sentencia del juzgado de lo social a una cantidad que no puedo asumir.El abogado de los demandantes ha pedido la ejecucion de la sentencia, pero al no haber bienes, se ha agarrado a una finca que mi padre difunto nos ha dejado a mi y a mis hermanos. El caso es que todavia no hemos aceptado la herencia, aun asi, la secretaria del juzgado ha dado orden al registrador de poner una nota sobre mis derechos en dicha finca.
¿Pueden obligarme a aceptar la herencia?,¿pueden embargar la finca sin haber hecho el reparto?, ¿cuando caducaria la nota registral de embargo? y sobre todo, ¿cuando caducaria la sancion por sentencia judicial?
Gracias por sus comentarios