Espero puedan orientarme, les relato los hechos:
Soy autónomo y estoy obligada a la declaración fraccionada del IRPF.
En Junio de 2010, AEAT me notifica el inicio de 4 procedimientos sancionadores por declaración extemporáneo, donde me señala la posibilidad de sanción en atención al tiempo transcurrido en la no presentación de la declaración. Pasados, ya casi un año desde aquello, me llega ahora una PROVIDENCIA DE APREMIO, instándome a pagar la sanción liquidada por la Administración, en ella se precisa que fui NOTIFICADA en diciembre de 2010, -cosa que es totalmente falsa- me señala los medios de impugnación con los que cuento y me señala el plazo para el pago.
Corríjanme si estoy equivocada, estos procedimientos están caducados, por no haber resuelto en plazo (6M).
Presentaré Recurso de Potestativo de Reposición alegando la caducidad del procedimiento, que la providencia deviene como acto nulo de pleno derecho.