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Caducidad de procemiento

4 Comentarios
 
23/05/2019 12:25
Jsp2
Buenos días, después de ser declarado en rebeldía en un juicio verbal por importe inferior a 2000€ y condenado en costas, es obligatorio hacerse cargo del pago de abogado y procurador de la otra parte?
Muchas gracias de antemano.
19/03/2019 12:28
Jsp2
Se refiere usted a la "caducidad de instancia". Son 2 años en primera instancia. Ese asunto se lo tiene que ver un abogado hábil que conozca bien la ley, porque hay que comprobar el régimen de notificaciones que se han seguido, si se han intentado, si el demandante ha presentado escritos que pongan de manifiesto una actividad decidida, si, en fin, ha habido un verdadero interés procesal en la prosecución normal del asunto.
19/03/2019 12:16
Grisolía
Buenos días, disculpe no haberme explicado correctamente, no me refería a la caducidad del derecho a ejecutar la sentencia, si no a la caducidad del procedimiento, ya que ha habido una inactividad procesal, ya que a pesar de haber sentencia no se ha hecho firme. Muchas gracias por su atención.
19/03/2019 09:27
Jsp2
Si le han notificado ahora y le han dado 20 días, es que puede presentar recurso de apelación, y por tanto el cómputo de los 5 años de caducidad empezarán cuando se declare la firmeza de la sentencia. La caducidad es una forma de colapso del procedimiento que tiende a castigar al beneficiado por la sentencia que no ha mostrado la menor preocupación por ejecutar la misma; y no a premiar al condenado que se sustrae a la acción de la justicia, precisamente por su acción de ocultación.
Caducidad de procemiento
18/03/2019 18:31
Buenas tardes, hace unos días notifican a un familiar la sentencia por un procedimiento en el cual se le había declarado en rebeldía, dicho proceso es de más de 5 años, tiene un plazo de 20 días para presentar recurso y nos preguntamos si se podría solicitar la caducidad del procedimiento.
Gracias de antemano.