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caducidad de la ejecucion

2 Comentarios
 
30/05/2007 10:36
gracias princeps por la informacion, ah, y en cuanto a abrir un nuevo mensaje, suponia que se podia hacer, pero no lo encontraba la forma de hacerlo, al tu decirmelo lo encontre, asi que nuevamente gracias, oye y ole a este portal, es una maravilla
30/05/2007 09:25
Básicamente, preguntando en el juzgado por tu expediente y que el funcionario te indique cuál es la resolución que acordó el despacho de ejecución. Lo más probable es que no haya error, pero nunca se sabe. Por cierto no hace falta que habras un mensaje nuevo para contestar a un post, puedes hacerlo en el mismo mensaje y así se ve la evolución de respuestas que van produciéndose. Saludos.
Caducidad de la ejecucion
29/05/2007 14:15
PRINCEPS. en tu correo me escribes esto;
Solo te cabe asegurarte que efectivamente se hubiera despachado la ejecución pertinente en su momento oportuno, ya que igualmente la ley contempla que si no se despacha ejecución en el plazo de cinco años desde la notificación de la resolución definitiva esta acción prescribe. y te pregunto si no me hago pesado, como puedo saber esto que me indicas si se despacho o no la ejecucion?