Hola buenas noches, mi pregunta va dirigida sobre el procedimiento de la jura de cuentas.
En cuanto a la caducidad de la presentación de la jura de cuentas, ¿es posible que el secretario judicial no la aprecie de oficio y tenga la parte opositora que solicitarla?. ¿O por el contrario siempre la van apreciar de oficio?
Un saludo.