Si quieres evaluar tú mismo la posible indemnización, mira la Ley 30/95 de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, publicada en el BOE el día 9/11/1995. Contiene unos baremos según días de baja, con o sin hospitalización, secuelas, etc. En www.boe.es la puedes encontrar gratis. Pero conviene que confíes en tu abogado.
buenos dias,tengo una pregunta;a mi tio una persona que creemos estaba drogada y que no le conocia,le tiro escaleras abajo y le pego una paliza,rompiendole la cadera.mi tio tiene 56 años y esta recientemente prejubilado por un problema de bronquios y nuestro abogado nos dice que con 5 millones de las antiguas pesetas podriamos ahorrarnos el juicio,pero considero que es bastante poco,quisiera que alguien que sepa del tema me aconsejase algo.gracias de antemano