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Caciquismo en un concejo abierto

2 Comentarios
 
Caciquismo en un concejo abierto
04/08/2012 20:45
Dos consultas:
1.- En un concejo abierto...la presidencia puede denegar la palabra a un vecino/a porque le de la gana?Considero que puede ser quien modere pero no quien decida si una persona puede hablar o no. También quiero saber si es denunciable.
2.- Se puede grabar la sesión plenaria avisando a las personas presentes de que se va a hacer?Un vecino/a tiene derecho a hacerlo?

Muchas gracias.
05/09/2012 01:50
1.- La presidencia debe regular el uso de la palabra, siempre permitiendo el ejercicio de ese derecho a los concejales (en este caso vecinos) con los límites obvios del tiempo. Podría ser denunciable en caso de un incumplimiento manifiesto
2.- La posibilidad de grabar las sesiones plenarias por parte del público asistente es conforme a derecho, con alguna salvedad, ya que los plenos son actos de naturaleza pública.

edilocalabogados@gmail.com
11/09/2012 19:10
Efectivamente, la presidencia no puede denegar arbitraria ni sistemáticamente la intervención de un vecino (derecho de participación en los asuntos públicos como derecho FUNDAMENTAL, art. 20 CE). Respecto a la grabación, por supuesto, es un acto público y solamente cuando se vaya a tratar algún asunto relativo a la intimidad de alguna persona puede hacerse a puerta cerrada. Además, en el concejo abierto, tienen derecho a intervenir todos los vecinos.