Mi padre tiene un local cuya actividad principal es BAR. En su día 1970 , un patio trasero se cubrió , anexo e íntegro en el bar. Tras las visitas del catastro lo han incluido y ampliado metros y por tanto cobrado por ello. En la escritura y por tanto en Registro de la Propiedad figuran los metros de bar, excluido el patio que está cubierto, por tanto la realidad registral no coincide en estos momentos con la Real. ¿Debo necesariamente tramitar un expediente de cabida? ¿Podría valer con el recibo catastral, y en el momento de la aceptación de la herencia que lo incluya el notario? ¿Documentado en escritura pública lo admitiría el Registrador de la Propiedad?.