Buenas tardes, quería consultar si entre abogados cuando uno esté de baja, cabe que otro compañero con autorización del que esté de baja firme escritos con el certificado digital del que esté de baja o debe de hacerse por sustitución y firmar el segundo compañero con su nombre indicando que lo hace por sustitución.
El procurador me ha dicho que si él está de baja otro compañero con su autorización puede firmarle los escritos con su propio certificado digital (con el de que está de baja) pero no sé si eso también se da entre abogados o lo normal es que se firme por sustitución.