Tengo un procedimiento que se sigue por querella interpuesta directamente ante el TSJ como tribunal juzgador en primera instancia, conforme a la competencia del artículo 73.3 LOPJ.
El TSJ ha dictado auto desestimando querella, y auto desestimando recurso de suplica. Mi pregunta es, ante el auto que desestima la súplica, ¿cabe recurso de apelación? Y en caso afirmativo, ¿qué juzgador es el competente? Necesito el artículo de ley que permita dicho recurso de apelación y la competencia del mismo.