Soy parte demandada en procedimiento de divorcio con medidas coetáneas. He contestado reconviniendo. La parte contraria (actora) se opne y reconviene a su vez.
1ª duda. ¿Cabe reconvención de reconvención?
2ª duda. El Decreto que me da traslado del escrito de la actora, confunde totalmente a las partes, de modo que directamente dice que la actora soy yo, que la demandada ha planteado reconvención que se admite y me dan 10 días para contestar. ¿Formulo recurso de reposición? O, ¿al ser un error no vale la pena?
No cabe reconvención de la reconvención. Todo parece un cúmulo de errores que deberían quedar subsanados antes de continuar. Te recomendamos soliciten subsanación de errores. Ese trámite no existe.