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cabe aqui la figura de la estafa de cosa ajena, o más bien solicitar en via civil indemnización de daños y perjuicios?

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      • Tema: Cabe aqui la figura de la estafa de cosa ajena, o más bien solicitar en via civil indemnización de daños y perjuicios?
5 Comentarios
 
07/03/2016 20:18
responsabilidad civil de un bar. me sirvieron unas aceitunas rellenas,es decir sin hueso. y de repente una llevaba hueso y al morderla se me partió un diente de raíz. el arreglo cuesta de 1000 a 2300€.
25/03/2007 13:49
Muchas gracias cascarrabias y numa
he quedado esta semana en hablar compañero parte contraria, le voy a pedir el duplo de la cantidad entregada, los gastos que ha conllevado la operación( escritura cambio de domicilio, comisión inmobiliria, gastos tasación local etc) a ver si hay suerte y me evito pleito saludos
11/03/2007 20:58
entiendo que la compraventa es nula(anulable) pq se ha realizado sin consentimiento expreso de la esposa como exige el 1322 del codigo civil, y en este caso seria ella la que ejercitaria la accion de nulidad.(mientras no confirmara posteriormente la cv, claro) los efectos una vez instada la accion de nulidad serian los comunes a esta(1303cc). aparte pedir indemnizacion por daños y perjuicios
salvo mejor criterio saludos
11/03/2007 20:30
Leí demasiado rápido el supuesto de hecho.
En la cuestión penal, también peligra el elemento del ánimo de lucro y/o perjuicio económico . Porque si te ha devuelto las cantidades quizás no concurra el ánimo de lucro y el correlativo perjuicio. Aunque sí exista perjuicio indemnizable en el ámbito civil.
Saludos
11/03/2007 20:02
No lo se. Pero me interesa la cuestión porque tengo un asunto que puede acabar de forma muy parecida en cuanto al fondo.

La acción civil; sin duda. Indemnización incluyendo revalorización.
La acción penal; probablemente también. Aparentemente se producen todos los elementos del tipo. Discutirá el dolo, pero no me parece óbice suficiente.
Suerte.
Cabe aqui la figura de la estafa de cosa ajena, o más bien solicitar en via civil indemnización de daños y perjuicios?
08/03/2007 18:41
Tengo un cliente que compra un local en virtud de contrato privado, el vendedor expone que es propietario en pleno dominio, posteriormente quiere resolver el contrato por lo que mi cliente le manda un burofax requriéndole a formalizar escritura pública de compraventa,más tarde recibo fax de compañero en que me comunica que no puede llevarse a cabo la transmisión porque el bien es de carácter ganancial, la esposa no acepta los términos del contatrato, el vendio a mi cliente la finca en pleno dominio, que puedo hacer cabe aqui la figura de la estafa de cosa ajena, o más bien solicitar en via civil indemnización de daños y perjuicios? claro la indemnizacion seria el aumento de valor desde la compra por mi cliente al día actual, pero la operación es reciente y dudo que haya subido de precio. ayuda please estoy perdida muchas gracias