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Cº ct 200 a 100 estando de baja

14 Comentarios
 
Cº ct 200 a 100 estando de baja
15/02/2011 20:06
Estando de alta, una trabajadora nos solicitó reducción de jornada x guarda de un menor. Se le cambió el CT de 100 a 200 (tiempo parcial). Ahora está de baja (IT enfermedad común), pero parece que va para largo.
Nos ha enviado burofax comunicándonos que al no necesitar, durante este tiempo la reducción horaria por estar de IT, solicita la reincorporación a su horario ordinario, a partir de los 15 días siguientes de la recepción del mismo, y nos insta, con buena voluntad, se corrija su CT de 200 a 100.

Se puede aceptar volver al horario ordinario estando de baja ???
El Código correcto estando de reducción no era correcto el 200 ???

Gracias a todos
15/02/2011 23:24
Es que ya de inicio fue incorrecto pasarla a contrato 200 (indefinido a tiempo parcial) si era un 100 (indefinido a tiempo completo) si se trataba de una reducción por guarda legal (el contrato sigue siendo a tiempo completo).

16/02/2011 00:15
Gracias, Nando
entonces corregimos a 100, pero se puede aceptar volver al horario ordinario estando de baja ?
(Ella lo solicita para que no corran las garantías que se tienen los 2 primeros años)
16/02/2011 10:09
Vamos a ver,

Si la trabajadora está de baja no trabaja y no puede cambiar de horario, es de sentido común.

Mientras dure la baja tendréis que cotizar según el tipo de contrato que tenía el día anterior a caer de baja y si quiere ampliar, reducir, ...etc su jornada tendría que ser una ver reincorporada a su puesto.

No se puede cambiar una jornada estando de baja por it, si estás de baja estás de baja, no trabajas y no puedes cambiar horarios aunque lo hayas solicitado con anterioridad a caer de baja no puedes tramitarlo hasta la reincorporación al puesto.
16/02/2011 11:11
Puedes cambiar el código del contrato, aún estando de baja.
Y más aún si el cambio anterior fue un error.
Yo lo que haría sería presentar un escrito para que dejaran sin efecto ese cambio de 100 a 200 indicando que se trató de un error (porque lo fue).
16/02/2011 12:14
Nando,
Puedes cambiar el tipo de contrato en afiliación, el sistema sí que te deja, pero mientras esté de baja tienes que seguir cotizando a tiempo completo porque así lo estaba antes de caer de baja, al cambiarlo lo que hace es cagarla aunque efectivamente el sistema sí que te deja.
16/02/2011 12:36
Pero es que ese cambio no le va a afectar a las cotizaciones.
Durante los días de alta cotizará según sus percepciones y durante los días de baja según la base reguladora de la prestación.
16/02/2011 14:58
Entiendo que podemos corregir el C.cto. de 200 a 100 (punto claro y solventado), pero no entiendo por qué Outpit dice que '' ... al cambiarlo lo que hace es cagarla aunque efectivamente el sistema sí que te deja ' ..... cagarla por qué, en qué ?

Nando,
.... ''durante los días de baja según la base reguladora de la prestación ... '', pero es del mes anterior, no ? Cayó de baja en Enero y en Diciembre 2010 estaba a tiempo completo (C.cto. 100). He de tomar la base reguladora de Dic., verdad ?

La trabajadora alega su deseo de volver al horario ordinario, precisamente por eso, por estar en una IT larga y que no se le consuma, estando de baja, el tiempo de garantía (2 años) que esta reducción permite por Ley.

Está dando los 15 días de pre-aviso a partir de la recepción del burofax ..... Podemos negarnos a reconocerle su horario ordinario por estar de baja ? (la baja es directa con la SS, la Mutua se ha desentendido).

Gracias chic@s.

16/02/2011 19:44
¿En enero estuvo de baja todo el mes?
Si es así,. habrá cotizado todo el mes segun la base reguladora de la prestacion, es decir, la base de contingencias comunes de diciembre.
Si ha estado algún dia de alta, por durante esos días cotizará según sus percepciones devengadas, que imagino estárían ajustadas a la jornada realizada (y eso sea un 100 o un 200).

Y respecto al cambio de contrato, no le déis más vueltas con lo de is se puede hacer estanbdo de baja, preaviso, etc. simplemente comunicad que dejen sin efecto el cambio de contrato que en su día hicistéis (lo de pasar de 100 a 200), porque fue por error, ya qyue se trataba de una reduccion por guarda legal. Y listos

17/02/2011 12:45
Sorgalim,

Creo que es un error hacer una modificación de jornada a un trabajador que está de baja, efectivamente el sistema te lo permite pero no tiene mucho sentido porque el trabajador no presta servicio mientras esté de baja, luego al no prestar servicio no tiene horario y por tanto no se lo puedes cambiar aunque lo solicite.

Yo contestaría al burofax con otro burofax diciendole que el cambio de jornada queda sin efecto hasta la reincorporación efectiva al puesto de trabajo y volveria a dejar como estaba el contrato antes de la modificación.
17/02/2011 15:53
Veo que no se me entiende.
No estoy diciendo que modifiquen el contrato (que, a pesar de la baja, entiendo que se podría hacer), simplemente que solciten se deje sin efecto la mosifciación que, POR ERROR, se comunicó en su día, ya que se trataba de una reduccion pr guarda legal (nunca se debió cambiar del 100 al 200, se hizo erróneamente y ahora se solicita se debe sin efecto ese cambio, como si nunca se hubiera producido).
A y afectos de cotizacion, prestación de IT, etc, lo dicho, no tiene por qué tener más consecuencias.

Saludos
17/02/2011 23:23
Gracias a los 2.

Nando,
cayó de baja la última semana de Enero.

El burofax ya se le ha contestado, conforme su solicitud será tenida en cuenta, tan pronto se reincorpore con el Alta.
Sobre lo de enmendar el 'error' (donde se dijo 200, dejen 100 o dejen sin efecto el cambio de c.cto. de 100 a 200 efectuado x error......) resulta que mi jefe NO me permite rectificarlo!!! .... se ve que la están p ________.

Muchísimas gracias.
18/02/2011 08:20
Bueno, pues si el que pude (o el responsable de autorizarlo) no quiere hacer las cosas bien, no hay nada que hacer. No tiene sentido dar tratar de dar más consejos.

Pero que sea consciente tu jefe que si al empleada está minimamente bien asesorada (tal vez ahora no lo esté, pero pueda estarlo en un futuro), puede instar a que se deje sin efecto y desde su inicio, ese cambio de 100 a 200. Un contrato 100 con reducción por guarda legal sigue siendo un 100, nunca un 200.
Haced lo que queráis, pero cruzad los dedos.
18/02/2011 10:08
Nando,
soy de reciente incorporación en esta Empresa.
Con la trabajadora coincidí 1 mes (parte de Dic y Enero).
Te agradezco un montón los consejos que me has dado para hacer las cosas bien que es lo que pretendía (ignoraba los trasfondos .....de donde estoy trabajando).
Esta chica inició la reducción de jornada el 1 de Enero y el 17 cayó de baja. Quien llevaba su "tema" (la están 'presionando' para que se largue ...) cambió el C.cto. de 100 a 200 (parece ser el mismo día que cae de baja)
Justo la Trabajadora se entera y nos envía el burofax .... ahí empiezo a entrar yo con la intención de hacer las cosas bien y por eso entro en este foro.
Mi sorpresa cuando voy con la solución: mi 'jefA' me dice que deje las cosas como están que ... si quiere que se le cambie que vuelva con el Alta o se gaste la 'pasta' en abogados.

No solo te agradezco a ti tu asistencia, sino a Outpit y a tod@s aquell@s que leyéndolo no han podido dar ninguna solución.

De verás, Nando, muchas, pero que muchas gracias.
22/09/2016 00:57
Sorgalim
Hola buenas quiciera saber si estando de baja por enfermedad es posible que me cambien el contrato de 40 horas al 24 Muchisimas gracias