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Buzones+Correos+Comunidad

2 Comentarios
 
20/04/2008 08:29
No sé si el Reglamento anterior al del 99 tiene carácter retroactivo, lo que sí te puedo decir es que el Reglamento del 99, nacido al amparo de la Ley del 98, contempla lo que os pide el Director de Correos de la oficina del pueblo.
El Reglamento está por encima de las arbitrariedades de los directores de las estafetas de Correos. Ningún otro director os va solicitar arbitrariamente que cambiéis lo que os están solicitando ahora, salvo que cambiara la accesibilidad y hubiera riesgo para el cartero Seguro que guardaréis algún escrito de Correos haciendo mención al tema.
Podéis seguir así, pero Correos no tine la obligación, en este caso, de distribiros la correspondencia casa por casa. Os la dejará toda junta en un punto determinado o tendréis que ir a por ella a la estafeta, amén de tener que coger un Apartado.
Un saludo G2R2



07/04/2008 11:08
Los "3 meses de rigor", es el plazo para que usted impugne en el juzgado. Los acuerdos son ejecutivos desde la fecha de celebración de la Junta, donde se han tomado los mismos.
Buzones+correos+comunidad
07/04/2008 02:32
Buenos días, intentaré ser esquemático

Somos una Comunidad de Chalets adosados, en los que unos dan a la vía pública y otros a unos pasillos comunitarios.
Hace unos meses la Comunidad tuvo un conflicto con Correos y de forma, entiendo que vengativa, nos dijeron que no repartirían las cartas hasta que no pusiéramos buzones en un determinado lugar, hacia la vía pública y todos juntos, cosa que hicieron durante unos días, volviendo luego a repartir la correspondencia.
Se mantuvo reunión con el director de la oficina de Correos del pueblo y se llegó al acuerdo de que pondríamos poner los buzones en el garaje, tenemos el garaje por debajo de los chalets, con su puerta comunitaria y luego cada uno tiene su parcela cerrada con acceso al domicilio, para ello deberíamos facilitar una COPIA DE LA LLAVE al cartero, pero solo debemos poner los buzones que den al interior, no los de la vía pública, ¿no decían había que poner todos juntos en un mismo lugar?.
Se celebró Junta de Propietarios y se acordó que se pusieran los buzones en el garaje, yo salve mi voto en esa Junta.

Vivimos en ellos desde ± 1995 y la normativa que hay, salvo opinión más especializada:
- Decreto 14 mayo 1964 núm. 1653/64 (Mº Gobernación), CORREOS, Reglamento de los Servicios
- Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales. (BOE 14.07.1998)
- REAL DECRETO 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales, en desarrollo de lo establecido en la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales.

La única normativa aplicable es el Decreto 14 mayo 1964 núm. 1653/64 (Mº Gobernación), CORREOS, Reglamento de los Servicios, concretamente el Art. 259. Entrega de la correspondencia a domicilio mediante depósito en casilleros.— La obligación de instalar casilleros en las fincas urbanas para el depósito y entrega de la correspondencia dirigida a los ocupantes de las mismas afecta únicamente a las de más de tres locales o viviendas susceptibles de aprovechamiento independiente, debiendo entenderse esta obligación con el alcance siguiente:
a) Los proyectos de los inmuebles que se construyan en lo sucesivo con las características citadas deberán incluir los casilleros de que se trata, sin cuyo requisito los Ayuntamientos no otorgarán la preceptiva licencia municipal.
b) Las Fiscalías de la Vivienda no concederán la cédula de habitabilidad necesaria para la ocupación de los locales sin que aparezca cumplida la obligación de referencia
c) Los propietarios de fincas urbanas ya ocupadas procederán a la instalación de los casilleros en los plazos fijados por la Administración postal.

El resto son posteriores y la Ley 24/1998 no dice nada al respecto.
Preguntas:
- ¿Tienen efecto retroactivo las otras normas?
- ¿No podrá venir un nuevo director a la oficina de Correos y no aceptar la nueva situación y mandarnos poner lo buzones en otro sitio?
- ¿No podríamos seguir como hasta ahora y no poner nuevos buzones?

Me enterado por un vecino de que los van a poner en pocos días, es decir, aun que salve mi voto no van a esperar los 3 meses de rigor o el año si esto fuera contrario a la Ley o los Estatutos.

Gracias de antemano.