Estimados amigos,
Estoy buscando urgentemente un abogado especialista en Ley de Servidumbres y Vistas en Madrid.El 11 de Marzo tenemos un acto de conciliación por la denuncia de la Comunidad de Propietarios colindante a nuestra vivienda ya que nosotros la compramos con una pequeña ventana que dá a un patio de luces de la Comunidad que ha denunciado y ahora nos piden cerrarla. La ventana nosotros la cambiamos pero no la modificamos de cómo estaba, después hemos conocido que esta ventana no existe en escrituras.Os agradecería que si sois tan amable me contestaran ya que estoy bastante perdido y el tiempo apremia.
Muchas Gracias,
Jorge
Hola Jorge la servidumbre de luces y vistas se califica como continua, negativa y aparente y para adquirir dicha servidumbre es preciso, o un título (que dices no tener) o la prescripción de veinte años que desconozco si ya han pasado.
No indicas tampoco las condiciones de la ventana, para poder entender si nos encontramos ante los llamados huecos de mera tolerancia.
Si quieres tratar el tema con mas detalle mi correo es info@acmgestiona.com
Tampoco dices en que consiste el cambio que has hecho. ¿Has modificado las dimensiones del hueco o solo la carpintería?. ¿En que fecha comprastes la vivienda?. ¿Has contactado con el que te vendió la vivienda?.
Buenos días,
Para adquirir la servidumbre, no tengo ni un título ni tampoco han pasado veinte años.
Sobre las condiciones de la ventana no creo que sea un hueco de mera tolerancia, ya que leí en la Ley que son de 30 cm x 30 cm, esta ventana tiene unos 40 cm de ancho por 1 metro de alto.
Nosotros al comprar la vivienda hace 3 años, cambiamos la carpintería modificando un poco las dimensiones a lo largo (20 cm mas) ya que el albañil dijo que no deberíamos tocarla mas.
Sobre los anteriores dueños, eran una pareja de ancianos y creo que el marido falleció hace 1 año.
Otra pregunta, necesito ir con un abogado al acto de Conciliación?
A las malas, existirian alternativas de poner paves ( no se si se escribe así) si fuera así existe limitación?
Buenos días,
Para adquirir la servidumbre, no tengo ni un título ni tampoco han pasado veinte años.
Sobre las condiciones de la ventana no creo que sea un hueco de mera tolerancia, ya que leí en la Ley que son de 30 cm x 30 cm, esta ventana tiene unos 40 cm de ancho por 1 metro de alto.
Nosotros al comprar la vivienda hace 3 años, cambiamos la carpintería modificando un poco las dimensiones a lo largo (20 cm mas) ya que el albañil dijo que no deberíamos tocarla mas.
Sobre los anteriores dueños, eran una pareja de ancianos y creo que el marido falleció hace 1 año.
Otra pregunta, necesito ir con un abogado al acto de Conciliación?
A las malas, existirian alternativas de poner paves ( no se si se escribe así) si fuera así existe limitación?
en cuanto al pavés, existen determinados tipos de cristales que se entienden como no determinados para la vista, sino para la luz, de modo que te aconsejo que coloqueis un tipo de cristales que no permitan la vista.
por otro lado, para acudir a un acto de conciliación no es obligatorio acudir con abogado, además de no verlo demasiado necesario, ya que en este caso pocas posibilidades de acuerdo veo.
yo directamente instalaría un tipo de cristal translúcido y a verlas venir, ya que la solución inmediata y segura sería cerrar la ventana, pero veo que no os interesa.
en cuanto a abogados "especialistas en luces y vistas", complicado, ya que no es una especialidad concreta, sino que se trataría de un civilista puro y duro, pese a que te comento, no veo una dificultad extrema en hacerse cargo de este tipo de asuntos, por lo que te aconsejo que, si lo consideraras necesario, acudieses al abogado de tu confianza, que podrá llevar el asunto sin ninguna dificultad.
Guarroman en cuanto a tu consejo sobre colocar pavés que no permita la vista,eso lo debería plantear yo en la Conciliación o una vez que vayamos a juicio se me obligue a cerrar la ventana?
Me podrías decir que dice la legislación sobre las cantidad a utilizar, es decir ya que que esta opción implicaría cerrar la ventana como pide la demanda,podría tapiar un hueco bastante mayor al que tiene actualmente tiene la ventana ya que este materíal no deja pasar mucha luz pero no va contra la servidumbre.De este modo podría compensar la falta de luz de mi casa estando dentro de la legalidad.
Supongo que si cubro mas pared con pavés habría que agrangar el hueco y necesitaré un estudio de un arquietecto, no?
Existe jurisprudencia sobre cubrir paredes medianeras con ladrillos de pavés.
Muchas gracías de nuevo