Pues ayer le mande un burofax con copia de texto compulsada a mi ex informandole de que este año voy a llevar a la niña a la guarderia y el colegio que quiero para el proximo año. Como no tenemos contacto ninguno lo he hecho asi. Ya lei aqui que la guarderia no debia informar de ella que no es un periodo obligatorio de enseñanza y no tengo porque pero como no se de que va el pues se lo comunico por si acaso mejor me cubro la espalda. Lo que queria saber es si el colegio que he escogido no le gusta y me lo dice que hago le digo que escoja el ya que yo le di una opcion o que hago????
Onacar, que no sea obligatoria la ensañanza, no es excluyente ni entra en contradicción con el ejercicio compartido de la patria potetad conjunta y los deberes inherentes a la misma.
Evidentemente, si usted le ha dado "audiencia" y el no se pronuncia, no veo que vaya ha tener más problema.
Eso sí, no olvide informar a la guardería dando los datos del otro progenitor, así como del régimen de visitas, pues legalmente, la guardería debe informar a los titulares de la patria potestad.
El tiene horario de visitas de mi hija de 10 de la mañana del sabado a 8 de la tarde del domingo cada 15 dias, por lo tanto a las horas de guarderia de mi hija y el horario escolar el no debe de decir nada porque no le afectan en sus visitas, yo le he avisado para que lo sepa he de decir que en 20 meses que tiene mi hija sola la ha visto una tarde. Pero yo me ciño a mis deberes y le informo creo que un pepino le deberia importar donde la llevo o no si no se preocupa de nada ahora creo que tampoco pero nunca se sabe. Yo en la guarderia iformare de como se llama su padre y que ni se les ocurra darle a mi hija sin mi consentimiento ya que no es su hora de visitas. Yo sigo punto por punto la sentencia no quiero problemas el que haga lo mismo, pero no es asi, los horarios de visitas se los salta a la torera desde el primer dia.
Debe tener Vd. también en cuenta que si el gasto de Guardería no computó en la fijación del importe alimenticio finalmente sentenciado, y dicho servicio es imprescindible para que Vd. ejerza ahora su jornada laboral, tiene Vd. pleno derecho a exigirle el 50% de esa guardería como ampliación de pensión alimenticia, dado que se trata de un gasto ordinario.
Ibidem ocurrirá con el Colegio en el futuro, si fuese concertado o privado o, aun siendo público, incluyeses comedor o ruta , por ejemplo (amen de añadir otro importe para libros, material y/o uniformes, si fuese el caso)
Las guarderias que he solicitado son del ayto. donde resido, y el colegio es publico. Mi intencion dado que no tenemos ningun contacto es no pedir ni un centimo a este señor por lo tanto no quiero llevarla a sitios que me cuesten mucho dinero ya que solo sale de mi bolsillo. Lo mismo hare si mi hija necesita aparato de ortodonca o gafas con tal de no pedirle nada lo pagare yo, ya le duele bastante pagar la manutencion que solo queria dar 100€. y le pusieron 250. Tambien tengo en cuenta que no viene a verla almenos de momento y no tenemos contacto ninguno con el y yo seguire mi vida como sino existiera ya que el hace lo mismo con nosotras desde que se fue de casa.
Mi respuesta le informaba que tiene Vd. el pleno derecho a exigirle un incremento en la pensión, sin más. Que lo ejerza o no es una opción personal en la que no he entrado.
Y yo se la agrdezco, se que tengo todo el derecho pero a veces es mejor perder tus derecho con tal de que todo este tranquilo, por pedir gastos osea mas dinero, las culpas las pagan los hijos
Papino, los gastos de guardería y colegio futuro, tanto público como privado, corresponden a conceptos incluidos en la pensión por alimentos, salvo que se pactasen expresamente como extraordinarios.
El cálculo de la pensión, salvo que se haya efectuado por un juez en divorcio contencioso, no habrá cálculos justificativos de nada, sino el fruto de una negociación más o menos tensa y como mucho una referencia alguna tabla de las que circulan por internet.
Pedir por pedir, se puede pedir, pero un gasto no obligatorio como una guardería, no justifica una modificación de medidas.
Aconsejar abrir un frente más, el judicial, por algo abocado al fracaso, considero que debiera llevarle a una reflexión.
.- "Papino, los gastos de guardería y colegio futuro, tanto público como privado, corresponden a conceptos incluidos en la pensión por alimentos, salvo que se pactasen expresamente como extraordinarios."
Aun cuando podríamos debatir sobre el último inciso, entiendo que su aseveración no entra en conflicto con la mía dado que allí me referí a esa situación en la que el importe alimenticio quedó fijado ANTES del nacimiento de esa necesidad en el menor (guardería o colegio), por lo que forzosamente no pudo preverse en su cuantía; y llegada la hora de necesitarse, se deberá actualizar la pensión a fin de ser atendida por ambos progenitores.
Las necesidades en la vida de los menores crecen y decrecen y con ellas debe hacerlo la pensión alimenticia, no lo dude.
.- "El cálculo de la pensión, salvo que se haya efectuado por un juez en divorcio contencioso, no habrá cálculos justificativos de nada, sino el fruto de una negociación más o menos tensa y como mucho una referencia alguna tabla de las que circulan por internet."
Disiento.
Tanto en un contencioso como en un mutuo acuerdo, cualquier importe alimenticio viene a ser finalmente un cálculo -más aproximado o menos- de las necesidades de ESE menor y las posibilidades de ESOS progenitores, delo por seguro.
Que se batalle o no por ajustar el euro o el concepto es irrelevante a los efectos que nos ocupan y déjesé de tablas desorientadoras.
.- "Pedir por pedir, se puede pedir, pero un gasto no obligatorio como una guardería, no justifica una modificación de medidas."
Disiento radicalmente. La guardería será un gasto obligatorio si resulta necesaria para que la custodiadora pueda ejercer su jornada laboral -por ejemplo-.
Dígame ahora Vd. que esa madre no puede cumplir con su derecho-deber del artº 35 Constitucion española pues la ley no ampara que el padre tenga que pagar ese 50% de cuidador@-guardería-au pair cuando efectivamente quede probado que es necesario pasar por ese servicio.
Si esa necesidad de nuevo gasto sobreviene en fecha posterior a fijarse el importe alimenticio, se tiene absoluto y legítimo derecho a demandar la modificiacion de medidas por haberse alterado las necesidades del menor, solicitando incremento de alimentos ordinarios.
.- "Aconsejar abrir un frente más, el judicial, por algo abocado al fracaso, considero que debiera llevarle a una reflexión."
Si relee mi respuesta , no "aconsejo", solo le informo. Y tampoco le insto a "abrir frentes judiciales"....por favor, samaruc, rigor.
He reflexionado sobre qué pretende Vd. que reflexione...deme alguna pista, Sr.
Papino, usted dice "tiene Vd. pleno derecho a exigirle el 50% de esa guardería como ampliación de pensión alimenticia, dado que se trata de un gasto ordinario."
También dice después en réplica "La guardería será un gasto obligatorio si resulta necesaria para que la custodiadora pueda ejercer su jornada laboral -por ejemplo".
Que es un gasto ordinario, no hay duda, que entra en la pensión también. En cuando al derecho, evidentemente puede pedir, pero para modificar medidas debe haber una variación no prevista, ajena a la voluntad del demandante, que no se cumple.
En muchas ocasiones, a la hora de un divorcio, se piensa en presente, olvidando el futuro.
Papino, no creo que sea oportuno que mezcle las necesidades del menor que en todo momento alude, con las necesidades de la madre en el caso que le ocupa. La modificación de medidas que usted clama no es por beneficio del menor, la madre para poder realizar su derecho/deber de acudir a trabajar es la que necesita de una guardería, como imagino que de un vehiculo, bonobus u otro parecido.
Papino, hace algún tiempo hice una pregunta relacionada con el tema que tocan y hoy por fín acabo de leer la respuesta a mis dudas y preguntas que no fueron contestadas correctamente. Gracias por la información aportada ya que me será de gran ayuda para solicitar modificación de pensión.
Y por supuesto que dicha modificación es en beneficio del menor, porque si nosotras no trabajamos nuestros hijos no comen o almenos tendrían cubiertas las necesidades de cualquier niño que por desgracia hoy no se limitan a comer y vestir.
Una tontería pero a tener en cuenta, por ejemplo,no tengo que hacer andar a las 8 de la mañana a mi hijo en pleno invierno durante media hora para llegar al cole a punto por no disponer de un vehículo, mientras su padre se pasea en un mercedes de más de 60.000 euros. No pretendo que mi ex me compre el coche, pero para costearme el seguro, la gasolina y el propio coche tendré que trabajar a no ser que el señor phoenix me quiera regalar uno.
soy eloise32 respeta ya mi cambio de apodo, y no te preocupes que te tendré informado si te hace ilu.
Una adivinanza para tí que eres tan culto y tan listo,
sabes quien es la madre del topo???
Hola eloise32, al parecer soy mas culto y listo que tú y como eso puede ser un sintoma de prepotencia por mi parte te invito a que des la solución a tu adivinanza, así el resto de los foreros podrán dilucidar cual de los dos posee más cultura y el coeficiente intelectual de ambos.
Autor: minahr Fecha: 28/02/2009
Tema: se consideran gastos extraordinarios?
Desde hace mas de dos años el padre de mi hijo no pasa pensión y he solicitado ejecución de sentencia. Ahora bien, en verano me veo obligada a matricular a mi hijo en una escuela de verano de 9 a 5 de la tarde, se considera este un gasto extraordinario y puedo solicitar que el padre se haga cargo de la mitad de los cargos? Ahora empiezo a trabajar y ya no podré recoger a mi hijo del colegio hasta las 5 de la tarde así que tengo que contratar comedor y unas horas de guardería, podría también solicitar la mitad de los gastos???
Gracias.
Este es el post que en su día usted escribió en el foro y el causante de las molestias contra mí:
1ª premisa. Ahora comienzo a trabajar
2ª premisa. El padre lleva 2 años sin pasar pension.
El silogismo es una forma de razonamiento deductivo que consta de dos proposiciones como premisas y otra como conclusión, siendo la última una inferencia necesariamente deductiva de las otras dos.
Como podrá observar después de leer el significado de silogismo lógico, es que no hay conclusión ya que no existe inferencia deductiva de las dos premisas que usted expone.
Para no marearle mucho la perdiz y que lo entienda claramente sin adivinanzas:
1º.- Usted y su hijo han estado más de dos años sin comer, vestir y otras necesidades.
2º.- Sus familiares le han estado manteniendo durante todo este tiempo.
3º.- Durante el periodo que usted no ha percibido pension alguna por parte de su marido, ha estado conviviendo maritalmente con algún maromo que ahora le ha dejado y busca soluciones urgentes.
Aporto estas ideas, ya que como le he comentado, sus argumentos carecen de validez lógica.
Una vez que ya le he dado el tostón bastante, le recomiendo para cuando deba acudir al juzgado, mejor aún, si no ha redactado su abogad@ la ejecución de sentencia, recapacite su estrategia.
Usted, solo podrá reclamar lo dictado en sentencia, el resto expongalo en el apartado de gastos extraordinarios que por cierto no han sido consensuados por ambos progenitores y a quien unicamente beneficia es a usted.
Mismo post:
Autor: minahr Fecha: 28/02/2009
Xiki como sé que tienes experiencia en el tema he dejado una pregunta en algún post del foro, pero creo que tu me puedes contestar.
Como ya sabes tengo intención de denunciar a mi ex por impago de pensión, pero no quiero que vaya a la carcel. Una vez interpuesta la denuncia y si llegaramos a juicio y en ese momento el decide abonar todo lo que debe, se mantendría la condena por impago de pensión?
1ª premisa: Denuncia = via penal con posibilidad de cárcel.
2ª premisa: Denuncio a mi marido.
Conclusión: Su marido puede ir a la carcel.
Usted, insiste una y otra vez en romper toda la lógica aristotélica, pues como bien dice denuncia pero no quiere que vaya a la carcel. Todo lo que sea negar esa lógica es ESTRATEGIA señora y en su caso la más baja que pueda existir: con apoyo de la legalidad existente usted utiliza una denuncia para estorsionar o mejor dicho estrusionar los testiculos de su ex marido, le acojona con la denuncia para que transija con todas sus peticiones.
Sinceramente Eloise32, creo que lo está pasando usted muy mal y ese estado en el que se encuentra con algún que otro añadido que lo dejo en el aire hacen que no vea la realidad. Pida usted lo justo, lo que verdaderamente está incumpliendo su ex marido, lo que le corresponde a su hijo y no pierda el tiempo con *pajas mentales que le van a perjudicar más que beneficiar.
*la expresión paja mental no intenta ser grosera, podía haberla cambiado por comedura de coco o incluso por cábalas mentales, pero le estaría dando argumentos para que siguiera diciendome lo culto y listo que soy.
Phoenix, ya veo que estas al tanto de toda mi historia. En primer lugar decirte que no has dado en el clavo de cual es mi situación real pero de todos modos tampoco te pondré al día porque no creo que te importe.
Yo me limito a buscar la forma de como conseguir que se cumpla lo justo, y lo justo para mí es que el padre de mi hijo de haga cargo de él independientemente que lo quiera ver o no, porque lo de tener un hijo no fue cosa mía sola.
Lo que tampoco es justo es que todo el mundo coopere en el mantenimiento de mi hijo familiares, amistades, servicios sociales y yo con mi trabajo y mucho esfuerzo excepto su propio padre. Pero bueno deduzco que tú estas deacuerdo con la actitud de mi ex y no me cabe la menor duda en que si estuvieras en su situación reaccionarías como lo está hacendo él, haya vosotros, pero encima no pretendas que las personas como vosotros queden impune de todo, yo seguiré luchando para que eso no sea así, otra cosa es que lo consiga o no.
Tendrás más estudios, conocimientos, experiencia y más cultura peroeso no te hace superior a nadie y menos a mí, como persona dejas mucho que desear, eso es lo que pienso.
Gracias y adios.
Vuelves a confundirte, quizás sea por el defecto de cultura que dices padecer. Te resumo, estoy en contra de lo que hace tu ex, pero tambien estoy en contra de lo que tu quieres hacerle a él.
Un saludo
Mi respuesta le informaba que tiene Vd. el pleno derecho a exigirle un incremento en la pensión, sin más. Que lo ejerza o no es una opción personal en la que no he entrado.
Esperamos que cuando haya deflación EXIGA también que su ex le actualice la pensión y le pague menos cantidad.
Me da igual si estás en contra o a favor de lo que hago, tengo que velar por el sustento de mi hijo y es lo que haré, y si la única via que me queda es la denuncia, pues denunciaré. Porqué esperas que nosotras nos preocupemos por lo que les pueda pasar a nuestros ex, cuando a ellos les da igual lo que les pase a sus propios hijos. Suponte que yo fuera una mala madre, que no atendiera a mi hijo, que lo maltratara, ect...si el padre ejerciera su papel podría evitarle al niño todas esas vivencias pero en los casos en los que ninguna de las dos partes ejercen su papel de padres quien protegería a estos niños. Porqué entonces me he de preocupar yo de lo que le pase a él, lo tengo muy claro mi única preocupación es mi hijo,su seguridad y su bienestar y no la de mi ex.