Deliplan, podías haber habierto otro post sobre el tema, pero ya que has preguntado, contestaré lo que pueda.
Supongo que esas deficiencias a las que te refieres, son del ascensor, ya que deben pasar la inspección cada 4 años.
No puedes pedir un nuevo libro de actas, habiendo el actual, con sus actas, las que deberéis tener en consideración, debéis reclamárselo. Hacerlo por fax que es más rápido y económico.
No se quien te ha hecho creer de que eres la secretaria, ¿de la comunidad?, la secretaria de la Comunidad es la que custodia la Documentación y el Libro de Actas.
Deliplan estoi segura que las personas del foro te daran alguna idea mas adecuada que la mia yo les estoi muy agradecida.pero pienso que si la comunidad se esta portando bien porque entre todos no contratais un abogado que os asesore? tu dices que no quieren ir a juicio eso nadie lo desea te aseguro que yo aguanté a este energumeno de mi finca 17 años de abusos a veces no queda mas remedio. ( estos tipos se aprobechan de eso) las personas vivimos tranquilamente y a nadie le apetece un pleito hablalo con tus vecinos y decidid por mayoria pero no tardeis mucho porque a mi en el juicio la abogada de la parte contraria comenta que yo estaba de acuerdo ya que antes no me opuse a nada. pero no es cierto no me opuse por desconocimiento y el modo intimidatorio que utilizaban no te amilanes y lucha por tus derechos. saludos y suerte
hola
Os cuento mi problema pues no se como actuar, estoy un poco liada y veo incluso que hay plazos para todo .
MIcaso es que hemos hechado al administrador pues tenia el edificio echo una ruina pues no arreglaba nada de nada y solo tiene 8 años eso si el no se olvidaba ningun mes de cobrar e incluso hemos estado durante 8 meses en numeros rojos en la cartilla con unos interes....descomunales, pues bien se una junta en el que le informo que se prescindia de sus servicios, a lo que el no opuso niguna resistencia sino que se ofreció a colaborar, cual fue nuestra sorpresa que paso 1 mes y teniamos que pasar el recibo del siguiente mes a cobro y no teniamos constancia de ninguna clase de papeles para seguir nuestra actividad,pues bien, se le reclaman mediante burofax toda la documentación y cita al presidente le da toda la documentacion mediante un acta que le hace firmar. y se trae todos los papeles al monton si ningun orden especifico ni por año, conseguimos ordenar 8 años y vemos constantes defectos como requerimientos del ministerio de industria para arreglos a nueva normativa de ascensores, etc.. en los que nos da de plazo 1 año para arreglar deficiencias plazo que se ha pasado ya 18 meses y corriendo para que no lo precinten solicitamos un a prorroga a la que ATISAE accede.Ahora bien el presidente con su buena fe, vio que no le daba el libro de actas, ni el de cuentas y se lo reclamo.
A todo esto el administrador le pide que le deje una semana que le queda por pasar varias actas.Pasadas 2 semanas volvemos a reclamarselo otra vez y nada.Los vecinos no quieren juicios ni nada.De esto han pasado ya 2 meses y mi pregunta es: ¿Puedo pedir un nuevo libro de actas y decir que el anterior se ha perdido y pasar de este tio? Si esto es asi, donde tengo que ir.
Esatoy super perdida por favor alojarme una luz pues soy la secretaria y la verdad es que la vencindad se está portando genial porque estamos pasando derramas y todo el mundo paga sin poner pegas para solucionar todo lo antes posible y dejar atras a este individuo. POR FAVOR AYUDARME
Mayi, te deseo que triunfes, sería un triunfo que nos complacería a todos los que deseamos el acceso a la documentación de la Comunidad, inscrita en la Ley.
Si observas, los profesionales, sólo aclaran los errores que vamos teniendo, no ayudan a otra cosa, quizás, deberíamos tomar nota de todas las aclaraciones, para no caer en el mismo error, ésto puede ser bastante y en ese sentido les agradezco las aclaraciones, aunque me gustaría que ayudasen en salir de los atolladeros para solucionar los problemas.
No es que deseemos arremeter contra los Administradores, es que los Administradores no dejan ejercer el derecho a la información, hasta es posible que se pueda aplicar la CONSTITUCIÓN en este sentido, si no lo es, saldrán de todas partes para recriminar, pero si no salen, ya sabéis, otra utilidad, otra arma a favor.
AntonioBernardo posiblemente si tenga razon ya se verá lo que opina el juez tb reconocen que las actas se entregaron el 18 de febrero la junta fué el 7 de diciembre anterior pero yo hice lo que aqui me aconsejaron mandarle burofax reclamando las actas burofax que no quisieron recoger la excusa es que tardaron porque el presidente estaba fuera de viaje ( se marchó al dia siguiente) de la junta y volvió ho!!!! casualidad al dia siguiente de haver sido entregadas las actas el dia 21 de febrero no el dia 18 tb dicen que yo no salvé mi voto y si lo salvé lo que ocurre esque ellos no lo an puesto pero existe un informe escrito y una grabacion que asi lo refleja y que ellos ignoran.de todos modos el juez le reclama la documentacion y diaros de cuentas del año 2008.2009 que era lo que yo queria ahi verési esta todo correcto o no y eso para mi aunque pierda el juicio ya es un triunfo de todos modos yo no voi a tener ningun coste economico porque por mis bajos ingresos me an proporcionado abogado de oficio yo no deseo venganza ninguna solamente reclamo mis derechos y son tener conocimiento de todo lo relacionado con mi comunidad y saber que pago lo correcto y no lo que a ellos les da la gana antonio despues de 17 años de tomadura de pelo intimidaciones y amenazas tener acceso a las cuentas de ahora en adelante para mi es un triunfo. a veces al perder se gana. de nuevo os doi miles de gracias a tod@s las personas de este foro que me aveis aconsejado con la mejor intencion muchisimas gracias de corazón.
Mayi, creo que DickTurpin tiene razón en cuanto a los plazos y el hecho de tener constancia de los fax, no impide el paso del tiempo para impugnar, a no ser que estuviese hecha la demanda en el juzgado, no en la abogada.
Bueno, supongo Mayi, que tu abogada habrá solicitado al Administrador pruebas de lo que dice de haber enviado burofax.
El hecho de haber grabado la Junta, supongo que lo sabrá la abogada, espero que lo haya tenido en cuenta.
Muchas veces hay que ir diciéndole a los abogados lo que debe pedir, hacer etc, ya que muchos no se comprometen demasiado, a no ser que les interese el caso, ellos ganan siempre, gane o pierda el cliente.
por cierto el no lo sabe pero tengo toda la junta grabada de voz y un informe escrito con todo lo mas importante de la junta y ahi si dice todas las veces que yo salvé mi voto.
bueno noticias poco alentadoras el administrador a contestado a la demanda que le puso mi abogada 1 que yo no salvé el voto mentira lo salvé en varias ocasiones aunque en las actas no salen todas reflejadas.2 dice que la impugnacion está fuera de tiempo( eso me lo esperaba porque le mandé varios burofax pidiendo las actas y se negó a recogerlos) y la tercera es la mas chistosa que e oido jamas dice que el me a mandado varios burofax comunicandome que puedo pasar por su oficina para mostrarme toda la documentacion de la comunidad a mi casa jamas a llegado ni burofax ni dejado aviso no se a que direcion los abrá mandado a mi casa no. el jueves tengo que ver a la abogada a ver que resolucion tenemos. creo que estos sinverguenzas siempre van a ganar
- AP Barcelona, Sec. 16.ª, 26-9-2008.
El plazo para impugnar los acuerdos adoptados en la junta comienza a correr desde la notificación de éstos aunque el actor estuviese presente
- AP Madrid, Sec. 13.ª, 308/2007, de 4 de junio
Recurso 605/2006.
No existe caducidad de la acción de impuganción por haber superado el plazo establecido, asunto revisado de oficio.
DicTurpin a lo mejor aun teniendo la verdad de mi parte pierdo porque como tu sabes la ley se puede interpretar de varios modos desgraciadamente los refranes son sabios y hay el que dice echa la ley echa la trampa pero hay otro que dice que la resignacion es un suicidio cotidiano y yo he decidido no resignarme.
asi es anonim@ hoy al leer lo de DicTurpin y como no entiendo de leyes e llamado a la abogada y me a dicho lo mismo que tu anonim@. que pasaria si estos sápatras no les dá la gana de entregar las actas hasta que pase la fecha.por lo tanto y gracias a vuestras orientaciones ( no me cansaré de agradeceroslo) estoi dentro del tiempo asi me lo dijo la abogada porque tengo las copias de los burofax que no quiso coger y tengo la prueba de air berlin que llegué de viaje el dia 27 de febrero que fué cuando encontré las actas en mi buzon. ademas en el juzgado me dijeron que mandara un burofax parando la fecha asi lo hice. ahora la abogada esta preparando la denuncia con toda la documentacion y escritos que le he proporcionado y dependerá todo del juez.no sepuede impugnar sin las actas gracias a tod@s por desearme suerte ojalá esas ondas lleguen hasta el juez
Pues entonces los comuneros que asisten a las Juntas lo tienen difícil (los ausentes “jugamos” con ventaja) si dan con un secretario administrador de la calaña del de mayi y el “mío”, porque resulta que ella no puede impugnar el Acta (el contenido de esta) hasta que se la remitan (por Ley debería ser una vez cerrada esta, en plazo de 10 días, con las firmas del secretario y del presidente. Y entonces si al secretario administrador se le pone hacer caso omiso a las reclamaciones del Acta (incumpliendo la LPH), devolviendo los burofax hasta que al comunero le prescriba el plazo de impugnación, me quieres decir, Dick, que el comunero perdería todos sus derechos …?
Y según tú, Dick, que es lo que debería hacer el comunero disidente que quisiera impugnar los acuerdos que, presumiblemente, constarán en Acta, si el secretario administrador se negará a hacerle la entrega de esta?.
Es posible que me digas que el disidente puede impugnar los acuerdos, pese a no haber recibido el Acta, pero como podría hacerlo?. Como se puede impugnar un acuerdo del que no hay constancia de que haya sido o NO aprobado?.
DicTurpin efectivamente tienes razon son contrarios a la ley esque no e sabido esplicarme bien.en lo de los plazos es lo que me a dicho la letrada yo no entiendo de leyes.posiblemente me salga mal ya se verá lo que esta claro esque si me queda callada me saldrá peor te agradezco tus buenos deseos.
Seguramente le has debido de entender mal porque los plazos de la LPH para impugnar acuerdos son de caducidad y no de prescripción y consecuentemente ni se suspenden ni se interrumpen lo que significa que es indiferente que hayas remitido uno que trescientos buró faxes.
El hecho de que tenga un año para impugnar no deviene de que el acto sea un delito, sino de que el acuerdo sea contrario a la ley o a los estatutos de la finca, que es muy diferente.
Espero que tu abogada lo tenga claro porque por lo que cuentas en el foro, yo te lo veo muy negro.
DicTurpin hola como bien dice Isolda soi de palma de mallorca. la abogada no es nueva es la misma que me asignaron lo que ocurre es que me a citado ya varias veces para preparar la demanda ya que me a comentado que no se pasa el tiempo de impugnacion porque he controlado muy bien los tiempos pidiendoselas por burofax con lo cual a quedado constancia esto se lo debo a las personas de este foro.tb me a dicho (yo me remito a lo que me dice ella) que hay varios temas para impugnar que incluso uno de ellos tiene un año de tiempo puesto que es un delito. y esta escribiendo el informe para presentar en los juzgados luego como ya sabeis sera cuestion de lo que el juez decida a lo mejor se va de rositas o a lo mejor se encuentra con la horma de su zapato. eso si aqui en mallorca en estos momentos los jueces no se andan con chiquitas con el tema de la corrupcion. supongo que muchos estareis al tanto de toda la corrupcion que existe en baleares asi que estan bastante cabreados. yo solo espero justicia porque voi con la verdad y aporto pruebas el de momento da la callada por respuesta el que calla otorga.
Mayi, cada día descubres cosas nuevas de este pájaro que tenéis por administrador.
A ver si de una vez consigues, que esa fanfarronería que gasta este especimen (por decirlo suavemente) se la metes por el c.
saludos
leéd esto porque no se si es para reir o llorar.en julio de 209 mandamos unos 50 propietarios de mi finca un escrito al administradorpidiendo copias de facturas y derramas a los 15 dias se recibió una carta del jjefe del colegio de administradores diciendo que ese escrito era malevo y cicatero y que por tanto el administrador no tenia ninguna obligacion de enseñar facturas ante un grupo de provocadores. ayer me comentó mi abogada que avia intercambiado algunas impresiones sobre comunidades con un colega tb abogado y le dijo que la carta esa este buen señor jefe del colegio de administradores mandaba la misma plantilla a todas aquellas comunidades que se acercaban al colegio a denunciar quejas.asi que ya veis como esta el patio. yo me rei por no llorar con razon estos jetas se atreven a todo.
Totalmente de acuerdo contigo Antonio Bernardo. El secretario administrador no tiene potestad para anular nada por sí solo. Y ahora que lo dices:
La LPH, en su art. 19, contempla la corrección y subsanación de los defectos del Acta, dicha subsanación deberá efectuarse antes de la siguiente reunión de la Junta de propietarios, que deberá ratificar la subsanación. Pero nada dice sobre la ANULACIÓN de las Actas ni de que plazo hay para ello, entiendo, pues, que el Acta no puede ser anulad abajo ningún concepto, y mucho menos cuando esta ya ha sido firmada por el secretario y el presidente, y enviada a los propietarios. Pero el caso es que el secretario administrador de mi Comunidad la ha anulado y no se cuando habrá, aunque la fecha del Acta anulada es de hacedos años. Posiblemente lo haya hecho cuando se la reclamamos, por fax, hace unos día, dando a entender que esas Actas ANULADAS por la "garrapata", lo fueron porque eran duplicados, y curiosamente, anteriores al Acta que nos enviaron. Eso me parece RARO, RARO, RARO, pues los duplicados se supone que deberían ser posteriores a la copia del Acta que nos enviaron correctamente firmadas, y por tanto, esas supuestas copias duplicadas, y anuladas nunca deberían estar en hojas anteriores. Cuando veamos el Libro de Actas originales, saldremos de dudas. Supongo que la “garrapata” no estará por la labor de dejarnos el Libro de Actas originales para que lo repasemos, en ese caso confirmará mis sospechas, y habrá que idear algo para conseguirlo rápido.
Se me ocurre, el mandarle un fax pediéndole día y hora y pasarme por su oficina …(deberá comunicármelo por fax, para que haya constancia), y si no me contestara, me presentaría y se lo exigiría, y si no … pues le pediría el libro de reclamaciones (me consta que lo tiene) y si se negara, entonces llamaría a la policía...
DickTurpin, siempre dejas sin responder, o adecuadamente algo.
Una cosa es la diligencia de modificar un Acta y otra la anulación, que a no ser que profundices más y convenzas, seguiré creyendo que el Secretario/Administrador, no tiene potestad para anular nada, por sí sólo.
Cómo vengo diciendo desde hace algún tiempo, hay que pedir/solicitar en Juntas y que se refleje en el Acta, que las copias de Actas, sean copia del Libro de Actas (esto es ayuda técnica, aunque los que lo pueden llevar a cabo, son los Propietarios).