hola a todos, me gustaria que me ayudarais en un problema que se me presenta.
He estado de baja por depresión 18 meses y tras pasar por el tribunal me han dado el alta mecica.
Despues de recibir la notificación del Inss, mande un burofax a la empresa explicandoles el tema y solicitando que me comunicaran fecha y turno de trabajo para incorporarme a mi puesto de trabajo.
Hace ya una semana que recibieron el burofax y no se han puesto en contacto con migo, he telefoneado varias veces pero el gerente siempre esta fuera.
Mi duda es la siguiente que es lo mas adecuado que haga, porner un 2º burofax reiterando mi petición, personarme en el centro de trabajo con testigos, o dado que tengo certificado de la recogida del burofax y contenido del mismo poner ya la demanda.
gracias por vuestra ayuda
Entiendo por lo que dices que trabajas a turnos, no tienes un horario siempre igual, y eso es lo que te puede salvar, pero de todas formas, yo, como segunda intentona, me acercaría a la empresa con testigos, como has apuntado, a ver que pasa.
Porque lo normal, y tu obligación, era ir a tu puesto de trabajo, al día siguiente del alta médica.
Pero bueno, si trabajas a turnos y no sabes a que turno debías incorporarte tienes excusa y el burofax me parece buena idea.
gracias por vuestra rapida respuesta, vereis la razon por la que envie el burofax en lugar de ir a la empresa es entre otras que vivo en una ciudad distinta del centro de trabajo y que está a unos 30 km, por otro lado he tenido muchos problemas desde que me di de baja y han intentado en numerosas ocasiones que me fuese de la empresa porque parece que soy una trabajadora incomoda y me han ofrecido varias veces el arreglarme los papeles para poder cobrar directamente del Inss, asi que como pense que podia tener una escena desagradable si iba personalmente preferí enviar el burofax.
Ahora me habeis dejado preocupada, si debi ir al dia siguiente cosa que no he hecho y en su lugar envie el burofax dos dias despues.Creeis que prodrian despedirme o simplemente descontarme esos dias?
Desde luego pasaré personalmente con testigos, pero creeis que podrian decirme q no me incorpore a mi puesto porque estoy despedida por no ir antes y el despido puede ser procedente? O sería una medida excesiva?
gracias de nuevo por vuestra ayuda
Pues a mi no me parece que haya hechoalgo mal al comunicar a la empresa vía burfax su actual situacion preguntando a que turno se incorpora. Me parece hasta normal.
Lo que si, es que pasado un tiempo pruedencial y dado que la empresa o no contesta o le está dando largas, lo que entiendo deberia de hacr es presentarse en el mismo turno que tenía cunado inció su I.T. y ante testigos o ante los delegados de personal; miembros delcomi´te o deelgado sindical si lo hubiese, solicitar a su inmediato superior que le asigne las tareas que debe desarrollar y, a parti de ahí, ya veremos como "mea la perrita."
No, si yo no dije que me pareciera mal, solo dije que parecía por la pregunta que trabajaba a turnos, lo que no ha quedado claro después de la segunda contestación de Berta, pues si no trabajaba a turnos me parece que lo del burofax es un poco innecesario y debería haberse incorporado sin necesidad de burofax.
En cuAlquier caso el despido sería una medida excesiva y desproporcionada, pues ella actuó de buena fe al vivir a 30Km y si la empresa ha dejado pasar el tiempo, aun habiendo sido notificada mediante el burofax, para despedirla, se notaría que ha actuado de mala fe.
“Desde luego pasaré personalmente con testigos, pero creeis que podrian decirme q no me incorpore a mi puesto porque estoy despedida por no ir antes y el despido puede ser procedente? O sería una medida excesiva?”
El Tribunal Supremo ha fundamentado (STS de 29-3-01 y 27-6-01, entre otras) que la tardanza en reincorporase a su trabajo del trabajador al que se le notifica poe el INSS su denegación de incapacidad permanente y extinción de la IT, no puede considerarse dimisión, y si la empresa pretende la extinción debe proceder a la sanción disciplinaria por ausencias injustificadas. En el mismo sentido (…La actora recurre la resolución del INSS y, amparada en su falta de firmeza, no se reincorpora al trabajo hasta que, asesorada por el INSS, solicitó su reincorporación al trabajo. Habían transcurrido 17 días desde la notificación de la resolución. -La empresa la despidió y el juzgado y la Sala declararon la Improcedencia del despido-) sentencia núm. 4587 de 10 de julio de 2003, del TSJ Cataluña. En términos parecidos y exponiendo ampliamente la doctrina del Tribunal Supremo al respecto, se pronuncio el mismo tribunal de Cataluña en sentencia núm. 3691 de 11 de junio de 2003, si bien en este caso la tardanza fue de 25 días y la empresa le negó la reincorporación alegando que se había producido un desistimiento “tácito”.
Para acabar te copio la reseña de la STS 27-6-2001, arriba aludida: “La actora causó baja médica por IT. Al cursar el INSS el alta, o negarle la incapacidad permanete, la actora volvió a la empresa para reincorporarse. Al no darle trabajo efectivo la empresa con prontitud, la actora le requirió por comunicación escrita para que le indicase día y hora de readmisión. Al no recibir contestación de la empresa, la actora formuló demanda por despido. En el acto de juicio la empresa contestó que no le había despedido (expresamente) por lo que consideraba la ausencia del trabajador como cese voluntario.
Si me permites un consejo no lo dejes pasar ni un sólo día más. Y si tienes que mandar otro burofax pásate antes con el que ya mandaste y el nuevo que pienses mandar (hazte copias de los mismos por si acaso) por donde el Zumosol (la Inspección de Trabajo), a explicarle lo que pasa. Y en ambos escritos o burofax, que te pongan que tal día a tal hora te has presentado ante ellos a realizar una consulta sobre el tema, y que te lo firmen y sellen. Y entonces fotocopias el nuevo escrito (con la firma y sello de la ITSS) y se la haces llegar (la fotocopia) por burofax, o en mano pero en este último caso mejor que vayas con testigos para que vean que no es ningún juego.
Hola, ante todo gracias por vuestra rapidas respuestas, tengo que deciros que la cosa se está complicando por momentos.
Ante la preocupación por vuestras respuestas he ido esta mañana temprano a la empresa con dos testigos, y ante mi sorpresa parece ser que se ha traspasado el negocio, he estado 18 5 mese de baja y en ese intervalo de los ultimos cinco meses han hecho el traspaso. En el centro de trabajo todo sigue igual, es la misma actividad y todo el establecimiento esta igual (restaurante) pero hay trabajadores nuevos supongo a mis compañeros los han despedido y liquidado. Pero que pasa con miguo? Cuando les he comentado lo de mi reincorporación, me han dicho que no me reconocen como empleada de la empresa y que no tienen ningua obligación respecto a mi. Es verdad?
Como estoy muy asustada por el tema, me he pasado por la asesoria de mi empresa a ver que me decian y me han atendido muy amablemente pero me dicen que no pueden darme detalles al no ser yo su cliente, de todas formas me dicen que me dieron de baja al llegar los 18 meses de baja segun dice la ley y como me han visto muy nerviosa me dicen que vaya a un laboralista que me lleve el tema y que comente la posibilidad de que sea sucesión de empresas.
Esto es así o al final voy a perderlo todo?, deciros que llevaba siete años en la empresa.
Por favor echarme una mano si podeis, muchas gracias.
Yo te recomiendo que te vayas a un abogado ya. Y le dices al empresario que se quede con tu cara, ya que no te reconocen, porque a partir de ahora os vais alguna vez más. Luego, con tu abogado, a demandar por despido a la empresa antigua y a la nueva
Creo que deberias hacer un segundo intento, esta vez acompañada de un notario, inspector de trabajo (el que esté de guardia, que no va aser facil hacerlevantar) un policia, guardia civil u cualquier otra autoridad y que te presentes en el centro y le manifiestes que dado que no han contestado a tu burofax te presetnas para trabajar, y ante esos testigos te digan que no te conocen y que no te dan trabajo. A continuacion, deberas presentar una demanda de despido contra los viejos y nuevos propietarios (si es sociedad contra la sociedad) y a partir de ahí es un procedimiento normal de despido.
Debes buscarte un laboralista que te lleve el caso, pùes no creo que tu seas capaz de llevarlo por ti misma.