Es un documento del Registro en el que se detalla como es cada segregado: viviendas y bajos: m2, habitaciones, cuota participación, etc , y en nuestro caso sigue indicando:
buhardilla que el propietario puede convertirla en vivienda con las obras necesarias.......................
Estaun poco confundido.
Los estatutos del Regisro de la LPH , es algo que no existe.
Existen los estatutos comunitarios, que pueden estar o no inscritos en el Registro.
Luego existe el Registro.
Y en los estatutos, no tiene porque figurar, que la buhardilla es habitable
Deberá aclararnos lo que realmnte quiere
Gracias
Por lo que indica en mi comunidad no es necesaria la cedula de habitabilidad.
En los estatutos del Registro figura que el propietario de la buhardilla puede convertirla en vivienda con las obras necesarias, sin el acuerdo previo del resto de propietarios, incluso indica tiene derecho a levante.
Tenemos fotocopia del documento donde el Ayuntamiento dio licencia de primera utilización del espacio bajo cubierta para vivienda.
Por supuesto figura en el catastro como vivienda .
Lo único que falta es la inscripción en los estatutos del Registro de la LPH.
Lo cierto es que a nosotros nos la vendieron así , pero me gustaría saber si podemos hacer el registro del cambio efectuado por otros hace tanto tiempo y lo que conllevaría.
Vender pueden vender, nada obsta al negocio civil de la compraventa.
¿Vender cómo vivienda? eso ya es más problemático: deberán obtener una cédula de habitabilidad ¿la tiene ? Las comunidades donde es obligatorio presentar la Cédula de Habitabilidad para vender o alquilar una vivienda son: Cantabria, Asturias, Baleares, Cataluña, Extremadura, La Rioja, Murcia, Navarra y Valencia. En Madrid, Castilla-La Mancha, Andalucía, Castilla y León, Vasconia, Aragón y Galicia la cédula de habitabilidad se ha sustituido por la licencia de primera ocupación, que también acredita que la edificación reúne las condiciones mínimas para poder ser destinada a vivienda. En algunas comunidades no es imprescindible para hacer la venta, en otras la cédula y la licencia se solapan. Bienvenidos al Celtiberia Show.
Supongo que se refiere usted al Registro de la Propiedad: para cambiar la descripción del inmueble, que es el título constitutivo, se necesita convocar una Junta al efecto, y aprobarlo por unanimidad.
Necesitará también el cambio de uso aprobado por el ayuntamiento. Atento al posible agotamiento de la volumetría asignada a la edificación como vivienda en la licencia de obras aprobada para la construcción del edificio, y en el vigente Plan de Urbanismo.
Buhardilla convertida en vivienda y que no figura como tal en la descripción de la lph del edificio.
Buenos dias,
Hace 15 años compramos un buhardilla convertida en vivienda legalmente (12 años antes con todos lo permisos pertinentes) , pero ahora nos hemos enterado de que no esta efectuado el cambio en el Registro de la LPH del edificio, sigue figurando como buhardilla, . No sabemos el motivo y no podemos preguntar porque han fallecido los dueños anteriores.
Pagamos la cuota que tiene asignada la buhardilla y es la que figura en las escrituras que indican buhardilla destinada a vivienda.
Ahora queremos venderla y no sabemos si podemos venderla así, como lo hicieron con nosotros, o tenemos que hacer este cambio en el Registro de la Propiedad nosotros después de 23 años, y el coste que puede suponer.