no se preocupe por eso, ya que la gestora hará lo que resulte mejor ... y es que el programa hace las cuentas de las individuales y de la conjunta
sin duda, este año saldrá menjor con la conjunta, y el año próximo ya se verá
Puesto que tengo una minusvalía del 68%. Soy pensionista y mi mujer tiene este pequeño negocio. ¿Nos conviene más hacer la declaración conjunta o individual? ¿Es decir mi mujer se puede beneficiar en algo de las ventajas tributarias que yo tengo por mi minusvalía? Gracias
no se preocupe
solo ha cometido un error, y además lo rectificará en plazo por medio de la complementaria, por lo que no ha lugar a sanción alguna
por sus cuentas a bote pronto, ese negocio es ruinoso ... pero, por esos 10 días, la alteración de la cuota tributaria no alcanzará 10 euros, en más o en menos
Pues resulta que hace unos dias confirmé el borrador conjunto de mi mujer y yo. Yo soy pensionista y mi mujer tiene una peluqueria. El caso es que se dió de alta el 22 de Diciembre 2015 como autónoma y ese "pequeño" dato se me paso por alto, ya que pensaba que se habia dado de alta en Enero de este año. El caso es que claro no puse ni los ingresos ni gastos ni nada de nada derivados del negocio, cosa que por cierto a mi se me escapa de mis conocimientos. Se lo he comentado a la gestora y me ha dicho que para qué la hago yo si de eso se encargaba ella, con toda razón. El caso es que me ha dicho que habrá que hacer una complementaria. Asi a brote pronto los ingresos de esos 10 dias en el negocio fueron de unos 150 euros. Como yo no entiendo de esto, no sé si le saldria a devolver mas o a pagar. No recibió subvenciones. Sabéis si con estos datos que aporto procederia multa?? Saldria a pagar o a devolver? Indicar que tengo minusvalia superior al 65% y no se si eso ayuda en algo para hacerla conjunta o no..