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Bonificaciones Seguridad Social

2 Comentarios
 
Bonificaciones seguridad social
07/02/2013 12:03
En la web del Servicio Público de Empleo (SEPE), se ha colgado en formato pdf el CUADRO RESUMEN DE BONIFICACIONES Y REDUCCIONES A LA CONTRATACIÓN LABORAL, actualizada a enero de 2013 (paso link)

http://www.sepe.es/contenido/empleo_formacion/empresas/pdf/ResumenBonificacionesMarzo2012.pdf

y para mi sorpresa ya no sale reflejada la reducción de 59años, sí la de 65 años, pero no la de 59 años,

agradecería si alguien pudiera aporta algo de info sobre el tema, disposición en que está recogida o si se trata de errata

muchas gracias y saludos

07/02/2013 12:21
En mi grupo empresarial estudiamos el tema y realizamos varias consultas (principalmente a la TGSS) y parece ser que si bien es cierto que no se generan de nuevo, sí se mantienen respecto de aquellos trabajadores que las iniciaron en 2012 y hasta que cumplan los 60 años de edad . Entendemos que ello deriva del propio tenor literal de la norma que lo regula (La duración de la reducción de la aportación empresarial será de un año, salvo que, en una fecha anterior, los interesados cumplan los requisitos para ser beneficiarios de las bonificaciones reguladas en el artículo 4 de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo, en cuyo caso se aplicarán desde dicha fecha estas últimas.).

Salvo mejor opción.
11/02/2013 16:08
Parece que la interpretación que te comenté es la correcta. En el boletín 01/2013 de 8 de febrero de noticias red dice lo siguiente: "La Ley de Presupuestos Generales del Estado no contempla, para el año 2013, la reducción para el mantenimiento del empleo para aquellos contratos de trabajo de carácter indefinido de los trabajadores de cincuenta y nueve o más años, con una antigüedad en la empresa de cuatro o más años. No obstante aquellos trabajadores que, con arreglo a la normativa vigente en su momento, cumplían con los requisitos para us aplicación, podrán seguir aplicándose dichos beneficios en la cotización a la Seguridad Social, durante el plazo máximo de un año legalmente previsto, y aun cuando su aplicación se prolongue más allá del 1 de enero de 2013".

Saludos.