Hola parvatti, mi comunidad también es la andaluza,soy de Málaga, y aquí tampoco puedes registrar por contra@ ninguna conversion o prorroga cuyo contrato no hayas tramitado por esa vía. Me temo que te va a tocar pasar por la oficina del SAE.
Saludos
Al igual que en Cataluña y Alicante aqui en Navarra todo contrato que se ha comunicado al INEM por escrito en el momento de registrar una prorroga o transformación de ese contrato deberá hacerse de la misma forma no pudiendo en ningún caso hacerse a través de contrat@.
Yo lo estoy haciendo desde el programa gescontrata que es uno que la junta de andalucia te facilita para que presentes los contratos por internet, telefonicamente me han dicho que si se puede, pero llevo dos dias intentandolo y aun no lo he conseguido, me han dicho que es un problema de conexion que espere unos dias. Ya os contare que pasa.
Saludo a todos.
Vamos a ver, "Señor, Señor Mio", cuando afirmo que "En Barcelona (o al menos en la oficina que tenemos asignada), no pretendo cuestionar en absoluto que mi ciudad no forme parte del este país llamado España (por desgracia eso lo cuestionan nó solo algunos paisanos mios sino, y lo que es mas triste, algunos del RESTO de España, con cierta afimaciones, juicios de valor o generalizaciones). Yo, al menos, tengo muy claro cuál es mi nacion, y considero que solo tengo una. Por favor, no me excluya (porque al final, de lo que me avergonzaréno será de España sino de algunos españoles)
Simplemente pretendia confirmar que en aquí funciona así, y la verdad es que no tengo noticia de que pueda ser distinto en otros lugares, ni lo he contrastado, pero, dado que el servicio público de empleo ha sido transferido, al menos an algunas de sus funciones, a algunas CCAA, por si tal vez puediera existir una direrencia de criterios entre CCAA o, tal vez incluso entre oficinas de una msma demarcación (cosa que aún me extrañaria más).
Veo que en al menos en ese pais, tal vez para ti, extranjero respecto al mio, Alicante, tambien funciona como en Barcelona.
En mi caso igual, en el INEM de mi localidad, si el contrato lo has presentado en la oficina, como ya dije, tanto prórroga como conversión a indefinido se presenta en la misma oficina.
En Barcelona (o al menos en la oficina que tenemos asignada), si el contrato inicial lo presentaste en papel, se ha de presentar tambien en papel las prórrogas y converiones a indefinido.
Respecto a la bonificación, otro de los requisitos es que el contrato temporal actual se haya celebrado antes del 1 de junio de 2006.
Por otro lado si esa conversion es de un contrato formativo, de relevo y de sustitución por anticipacion de la edad de jubilación, cualquiera que sea la fecha de su celebracion y la de su conversion a indefinido, aunque en este caso la bonificación será de 500 euros/año durante 4 años (salvo que sea aplicable, y se prfiera, a de los 800 euros/años durante 3 años)
pues en mi provincia no se puede, pues los identificadores de contrato no tienen nada que ver e incluso lo he preguntado en la misma oficina y no s puede
Lo tengo mucho mas claro que tu,sin que esté siempre en posesión de la verdad.Yo,por lo menos no me meto a preguntar en los foros y echar en cara luego los errores que puedan darte en las contestaciones.Te aconsejo que cambies de sudónimo,porque,al menos por mi parte,ni una mas.Ignorante,encima que he tratao de ayudarte.
Si el contrato inicial se presentó en la oficina, tanto la prórroga (si la hubiera) como la transformación a indefinido no se pueden presentar por contrat@, tiene que ser en la oficina.