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Bonificacion Menor de 30 años ¿Siempre que suponga incremento del neto de la planilla de la empresa?

1 Comentarios
 
13/04/2011 10:07
Hola a tod@s.

Finalmente he optado por el al Servicio de Empleo y realizar la consulta. Ellos tampoco lo tenían nada claro, pero su respuesta ha sido que, por equiparación, el porcentaje de crecimiento siempre deberá mantenerse, es decir, que si se ha reducido la plantilla en los 90 días anteriores, la nueva contratación NO supondrá un incremento de la plantilla, por lo que no podrá aplicarse este contrato con reducción.

Saludos
Bonificacion menor de 30 años ¿siempre que suponga incremento del neto de la planilla de la empresa?
07/04/2011 14:00
Hola Compañer@s.

Hoy he estado realizando un pequeño estudio sobre las bonificaciones y/o reducciones que actualmente hay en vigor.

Algunas suenan interesantes, pero una especialmente me ha llamado la atención:

- Se trata de la reducción del 100% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social para aquellos contratos (temporales o indefinidos) a tiempo parcial que tengan una jornada entre 50% y 75%.

Estos contratos deberán hacerse a menores de 30 años inscritos como demandantes de empleo, o, a aquellas personas inscritas como desempleados al menos 12 meses en los últimos 18 meses.

La lectura hasta aquí esta todo muy claro, la pega se encuentra en que el "Art. 1.9 del RD 1/2011", habla que estas reducciones se pueden aplicar siempre que "supongan un incremento neto de la plantilla de la empresa", y posteriormente explica la formula.

La formula es:

"el cociente que resulte de dividir entre noventa el sumatorio de los contratos indefinidos o temporales que estuvieran en alta en la empresa en cada uno de los noventa días inmediatamente anteriores a la nueva contratación o transformación"

A mi no me queda nada clara la formula ¿alguien sabe como funciona?

Saludos y gracias de antemano!!