Es denunciable la fusión y/o incorporación de sus masas patrimoniales de dos empresas cuyo objeto social son diferenciados, una la de confección y la otra del medioambiente.
La de confección tiene unas Bases deducibles negativas del impuesto de sociedades por un importe elevado.
Se han efectuado todos los procedimientos legales pero el hecho denunciable podria estar en dos actividades diferentes y que se efectúa la fusión solo para aprovecharse de las bases negativas.