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bonificacion inem

4 Comentarios
 
Bonificacion inem
12/06/2008 18:00
Me surge una duda en cuanto a la bonificación del 100% en los contratos de interinidad por sustitución de una trabajadora en maternidad.

La pregunta es la siguiente:

Después de las 16 semanas de descanso por maternidad, la trabajadora ha planteado coger las vacaciones que le corresponden y regresar al trabajo una vez disfrutadas estas.
¿Durante el período de vacaciones los seguros sociales de la trabajadora interina también tendrían una bonificación del 100%?.
Como el contrato de interinidad es por las 16 semanas de maternidad, ¿habría que presentar un parte de variación de datos en la Seguridad Social?. Me refiero por lo de la cotización por desempleo.
Ruego que alguien que lo tenga claro me conteste.
Muchas gracias de antemano.
13/06/2008 10:43
hola.:
durante el periodo vacaciones tendras que hacerle otro contrato ( eventual por cincunstancion de la produccion ) , y por tanto no le corresponderá ningun tipo de bonificacioón.
El contrato de interirnidad bonificado finaliza con la fianlizacion del descanso por maternidad ( 16 semanas) .
Savo mejor opinión creo que es lo correcto.
14/06/2008 16:28
Muchas gracias carlos37. Pensaba que era lo lógico. Un saludo
16/06/2008 21:10
Pienso que no hay necesidad de realizar un contrato eventual por circunstancias de la producción, más bien presentaría una prórroga del contrato de interinidad hasta la finalización de las vacaciones y también presentaría un parte de variación de datos a la Tesorería modificando la bonificación (le quitaría la clave de la sustitución) y desde ésa fecha no tendría la bonificación.
Un saludo
17/06/2008 13:39
Yo creo que deberías finalizar el contrato de interinidad por maternidad, es decir, fin de la bonificación del 100%. Y para cubrir las vacaciones, puedes hacer un nuevo contrato de interinidad y en la causa indicar que es sustitución por vacaciones, de manera que no habrá indemnización y cotizareis como si fuese un contrato indefinido. Nadie comentó nada, pero desde el momento que se reincorpora, si la trabajadora está contratada indefinidamente, tendreis derecho a una bonificación de 100€/mes. También se tendrá derecho a esta bonificación si le transformais en indefinido el contrato en el momento que se reincorpora.
Espero que os sirva. Un saludo