Buenas: nuestros padres nos han donado una cantidad de dinero a los 4 hermanos, procedente de la venta de un piso. Se realizaron los trámites legales a través de gestoría (escritura, jsutificación de procedencia del dinero, etc...) con objeto de aprovechar la bonificación del 99% que marca la Ley (estamos en Castilla y León). Ahora la Junta nos indica que no nos corresponde dicha bonificación porque no coincide la fecha de la escritura con el acto de la donación efectiva (ingreso del dinero). Preguntamos en la propia Junta y nos dicen (también hemos comprobado) que en la Ley no dice nada de esto pero que ellos lo interpretan que debe ser así. Curiosamente en otras provincias no se está haciendo esta interpretación...Hemos hecho un primer recurso ante el mismo órgano que nos comunica la negativa a la modificación, acudiendo al artículo 629 de Codigo Civil, y al 24 del Decreto Ley 1/2008 de 25 de septiembre. De momento nos hacen caso omiso y siguen con lo mismo. ¿es cierto (lo pone en alguna Ley) que el acto de la donación y la firma de la escritura deben coincidir en el tiempo (al igual que en la venta de un piso)?¿Nos estamos dejando alguna Ley que apoye nuestra posición o por el contrario que la tire por tierra?.
Muchas Gracias