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Bomberos

27 Comentarios
Viendo 21 - 27 de 27 comentarios
13/01/2007 14:13
Vamos a ver que yo me aclare; por lo que entiendo, aquel que no facilitare la realizacion de una actuacion de los bomberos, por que no quiere que se haga uso de su propiedad para solventar la desgracia de un tercero,
¿Aplicariamos el articulo que tu mencionas Maica?
Vamos en otras palabras aquellos que obstruyan la labor de los bomberos, aun utilizando como recursos que son dueños de una propiedad.
13/01/2007 11:25
El artículo 266 sólo podría aplicarse si se han producido daños en propiedad ajena.

Ello podría ocurrir si, por no permitir entrar en la propiedad a apagar un incendio, se produjeren daños en las propiedades colindantes.
13/01/2007 11:25
¿Cómo lo veis?
13/01/2007 11:24
A ver, entiendo que por omisión se podría haber cometido este delito:

Artículo 351: Los que provocaren un incendio que comporte un peligro para la vida o integridad física de las personas, serán castigados con la pena de prisión de diez a veinte años. Los Jueces y Tribunales podrán imponer la pena inferior en grado atendidas la menor entidad del peligro causado y las demás circunstancias del hecho.

Cuando no concurra tal peligro para la vida o integridad física de las personas, los hechos se castigarán como daños previstos en el artículo 266 de este Código.
13/01/2007 10:54
A ver, tendría que mirarlo en el CP. Un segundín ...
12/01/2007 22:42
Gracias Ana; pero me intriga el " oiga que hacen esos bomberos ahi en mi propiedad quiero que la abandonen, salgan de ahi" a lo cual deberiamos contestar que...... Por que si persiste en su actitud.......en base a....... ¿Esa es mi cuestion?
12/01/2007 17:27
El propietario, no sé.

Los bomberos están actuando en ejercicio de un deber, oficio, cargo...
Bomberos
11/01/2007 19:23
Una actuacion de los bomberos en la que utilizan una propiedad privada para desarrollar una intervencion.
Casos:
-Si se niega el propietario de la propiedad en cuestion. Incurre en algo.(Propietario presente),Tanto bomberos, como propietario por negarse.
-(No esta presente el propietario). utilizacion de la propiedad e informe al juzgado poniendo en conocimiento la actuacion.

Ejemplos, utilizacion de azotea, balcon, fachada, etc...
Asi como entradas en domicilios por inundacion, etc...
Un saludo.