He leído en este BOE, o por lo menos entendido que las Comunidades de Bienes Horizontales, entiendo que son las Comunidades de vecinos, tendrán que declarar IVA, ¿ es correcto?¿alguien que entienda de esto me puede resumir el tema?.Gracias
Es recomendable que, cuando se consulta algo referente a un punto concreto de una norma, se ponga la referencia completa de la norma y el artículo correspondiente. En definitiva, se trata de que el que ayuda no tenga que hacer un esfuerzo mayor que el estrictamente necesario, dado que la ayuda es gratis.
"Juan S", ruego disculpe no haya dado más referencias, la verdad es que aún leyendo todo el BOE no me he aclarado.Le puedo indicar que al final de de la página 86969, se hace referencia a lo que pregunto y como mucho le puedo indicar que estan comentando el Art. 3 del Real Decreto 1065/2007, del 27 de Julio y la adaptación de obligaciones de facturación, según Real Decreto 1619/2012 del 30 de Noviembre.
Y por supuesto no quiero abusar de ningún forero; por lo que le agradezo su atención y le pido disculpas.
Creo que esa norma sólo llega a la pg 86965.
A falta de más datos, creo recordar que la obligación no se refiere al IVA sino a la declaración anual de operaciones.