2.- Hasta tanto tenga la resolución, el resguardo de haber presentado la solicitud oportunamente, le sirve, a efectos de acreditar la legalidad de su permanencia en España.
3.- Cuando reciba la notificación de la resolución, le vendrá indicado la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía a la que deberá acudir, junto con los documentos que le indiquen.
4.- Una vez realizado el trámite de expedición de la tarjeta en la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía, le darán un resguardo y el impreso para pagar la tasa de expedición (10,30 euros).
5.- La tarjeta tarda alrededor de un mes en expedirse. Tiene una vigencia de 5 años.
Muchisimas gracias por la respuesta.
Agradeceria confirmación si es el impreso EX19 el que hay que presentar ....
También agradeceria me indicara si una vez la aprobación por extranjeria, al solicitar el Documento de Identidad en Comisaria nos pediran Certificado de Nacimiento y que ponga que es para hacer el Documento de Identidad.
1.- Para el matrimonio, sí, serán necesarios certificados literales de nacimiento de ambos y certificados de estado civil de ambos.
2.- Para tramitar la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión, será necesario el certificado literal de matrimonio, expedido por el Registro Civil español donde se casen (no el Libro de Familia).
3.- La competencia es territorial. Y las Oficinas de Extranjería forman parte de las Subdelegaciones del Gobierno, que ejercen competencias a nivel provincial. Y para tener competencia para tramitar, es necesario que las personas acrediten, mediante documento idóneo (certificado de empadronamiento, que da fe de la vecindad administrativa de la persona en el municipio), que se encuentran domiciliadas en la provincia (Disposición Adicional Primera del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero).
Si ustedes están empadronados en Castellón, la competencia para tramitar y resolver corresponde a la Oficina de Extranjería de Castellón. Si quieren tramitar en Barcelona, deben empadronarse en Barcelona.
Hay temas que aun no acabo de ver claros, una vez casado necesito Libro de Familia y Certificado de Matrimonio. Correcto ???
Debe dirigirme a Extranjeria, antes pedir hora y rellenar EX19 Correcto ???
Cuando Extranjeria de el OK, ir a Comisaria a hacer el Documento de Identidad Correcto ???
Hara falta para Comisaria el Certificado Literal de Nacimiento que habra que pedir a China ???
Por lo que he podido ver, entiendo que si me caso en Castellón y estamos empadronados en Castellón, debemos dirigirnos a Extranjeria de Castellón, no podemos ir a Barcelona (que es donde trabajamos)
Correcto ???
Agradeceria vuestra información a estos puntos a seguir, ya que voy un poco desorientado, y puedo deciros que hay organismos oficiales que no saben del tema .....
Os quedo muy agradecido.