Perdon por ser pesado pero es por la pegas que me ponen en la negociación de mi convenio, ruego si podeis contestarme a esto.
Pueden bloquaerme la subida de los salarios del personal, por que la ley presupuestaria dice que tan solo se puede subir un dos por ciento.
Puedo modificar cualquier apartado economico del convenio en una renovación del mismo o tan solo los salarios (ayudas de becas, valor de las horas extraordinarias y demas mejoras sociales).
Quiero hacer una trampa que es reformar la clsificación del personal por realizar trabajos de superior categoria se puede.
Gracias de antemano pues desde mi entrada en este foro me estais ayudando un taco.
Hola compañero. No debes pedir ningún perdón. Los componentes de la virtual ONG “laboralistas sin frontera”, te respondemos a las preguntas que nos formules y lo hacemos de buen grado.
Bueno y dicho lo anterior, y teniendo en cuenta que el asunto se sale del ámbito (propiamente dicho) del Derecho del Trabajo me dispongo a contestarte al asunto que planteas:
Como tu bien sabes, una de fuentes importantes (o la que más) de la financiación con que cuenta tu Centro Asociado, es la acordada con la UNED en el Convenio de creación del mismo. Eso no debe implicar, por sí, el quedar condicionado el aumento a los coeficientes de elevación contemplados en la Ley Presupuestaria, ya que existen otros cauces de financiación separada. Pero en buena medida sí pueden incidir. Ahora bien, lo que sí pudiese compensar el incremento del presupuesto en un índice superior, es la generación adicional de los recursos propios. Eso puede tratar de conseguirse, con ingenio, en la realización de actividades adicionales.
No dispongo (sin el conocimiento que da la lectura de documentación obrante) de los medios idóneos para aconsejarte sobre el cambio en la estructura salarial, incluso para la renovación.
Por último, no sé si te será posible la asignación directa de niveles retributivos o si por el contrario debes proponerlo al órgano gestor. Conozco alguno, que considera en sus Estatutos, que el Centro debe contar con el personal de administración y servicios que sea necesario para garantizar el normal funcionamiento de las actividades, servicios e instalaciones propias. E incluso, que no se podrá, entre los mismos, prescindir de un bibliotecario y de un becario. Entiendo pues, que deberías mirar la procedencia o no de la medida, antes de tomar la decisión.
No sé si habré conseguido ayudarte, pero al menos, lo he intentado.